Funciones procesales y propias del deudor en el concurso de acreedores
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Funciones art.33cae
a) De carácter procesal:
- Ejercer la acción contra el socio o socios personalmente responsables por las deudas anteriores a la declaración de concurso.
- Ejercer las acciones de responsabilidad de la persona jurídica concursada contra sus administradores, auditores o liquidadores.
- Solicitar, en su caso, el embargo de bienes y derechos de los administradores, liquidadores, de hecho o de derecho, apoderados generales y de quienes hubieran tenido esta condición dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración del concurso.
- Solicitar, en su caso, el levantamiento y cancelación de embargos trabados cuando el dificultará gravemente la continuidad de la actividad, excep. de los embargos adm.
- Enervar la acción de desahucio
- Ejercer las acciones rescisorias y demás de impugnación.
- Solicitar la ejecución de la condena.
- Sustituir al deudor en los procedimientos judiciales en trámite.
- Ejercer las acciones de índole no personal.
b) Propias del deudor o de sus órganos de administración:
- Realizar, hasta la aprobación del convenio o la liquidación, los actos de disposición que considere indispensables para garantizar la viabilidad de la empresa
- Asistir a los órganos colegiados de la persona jurídica concursada.
- Realizar los actos de disposición que no sean necesarios para la continuidad, es decir bienes que no son estrictamente necesarios, corresponde a la adm. enajenarlos siempre que reciba ofertas sustancialmente coincidentes con el valor de los bienes.
- Solicitar al juez del concurso la revocación del nombramiento del auditor de cuentas
- Asumir, previa atribución judicial, el ejercicio de los derechos políticos cuando se sociedad.
- Reclamar el desembolso de las aportaciones diferidas.
- Rehabilitar los contratos de préstamo y demás de crédito a favor cuyo vencimiento anticipado por impago de cuotas se haya producido dentro de los tres meses anteriores
- Rehabilitar los contratos de adquisición de bienes muebles o inmuebles con contraprestación cuya resolución se haya producido dentro de los tres meses anteriores
- Solicitar autorización para que el administrador inhabilitado pueda continuar al frente de la empresa.
- Convocar a la junta de socios para el nombramiento de vacantes de los inhabilitados.
- Conceder al deudor la conformidad para interponer demandas o recursos, allanarse, transigir o desistir cuando la materia pueda afectar a su patrimonio, salvo índole no pers.