Funciones procesales y propias del deudor en el concurso de acreedores

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Funciones art.33cae

a) De carácter procesal:

  1. Ejercer la acción contra el socio o socios personalmente responsables por las deudas anteriores a la declaración de concurso.
  2. Ejercer las acciones de responsabilidad de la persona jurídica concursada contra sus administradores, auditores o liquidadores.
  3. Solicitar, en su caso, el embargo de bienes y derechos de los administradores, liquidadores, de hecho o de derecho, apoderados generales y de quienes hubieran tenido esta condición dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración del concurso.
  4. Solicitar, en su caso, el levantamiento y cancelación de embargos trabados cuando el dificultará gravemente la continuidad de la actividad, excep. de los embargos adm.
  5. Enervar la acción de desahucio
  6. Ejercer las acciones rescisorias y demás de impugnación.
  7. Solicitar la ejecución de la condena.
  8. Sustituir al deudor en los procedimientos judiciales en trámite.
  9. Ejercer las acciones de índole no personal.

b) Propias del deudor o de sus órganos de administración:

  1. Realizar, hasta la aprobación del convenio o la liquidación, los actos de disposición que considere indispensables para garantizar la viabilidad de la empresa
  2. Asistir a los órganos colegiados de la persona jurídica concursada.
  3. Realizar los actos de disposición que no sean necesarios para la continuidad, es decir bienes que no son estrictamente necesarios, corresponde a la adm. enajenarlos siempre que reciba ofertas sustancialmente coincidentes con el valor de los bienes.
  4. Solicitar al juez del concurso la revocación del nombramiento del auditor de cuentas
  5. Asumir, previa atribución judicial, el ejercicio de los derechos políticos cuando se sociedad.
  6. Reclamar el desembolso de las aportaciones diferidas.
  7. Rehabilitar los contratos de préstamo y demás de crédito a favor cuyo vencimiento anticipado por impago de cuotas se haya producido dentro de los tres meses anteriores
  8. Rehabilitar los contratos de adquisición de bienes muebles o inmuebles con contraprestación cuya resolución se haya producido dentro de los tres meses anteriores
  9. Solicitar autorización para que el administrador inhabilitado pueda continuar al frente de la empresa.
  10. Convocar a la junta de socios para el nombramiento de vacantes de los inhabilitados.
  11. Conceder al deudor la conformidad para interponer demandas o recursos, allanarse, transigir o desistir cuando la materia pueda afectar a su patrimonio, salvo índole no pers.

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