Funciones de Seguridad Privada y Cuerpos de Seguridad del Estado

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Funciones de Seguridad Privada

Detectives Privados

Funciones:

  • Obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados.
  • Investigación de delitos perseguibles sólo a instancia de parte por encargo de los legitimados en el proceso penal.
  • Vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos.

Escoltas Privados

Funciones:

  • El acompañamiento, defensa y protección de personas determinadas, que no tengan la condición de autoridades públicas, impidiendo que sean objeto de agresiones o actos delictivos (artículo 17.1 de la Ley de Seguridad Privada).
  • La defensa y protección a prestar estará referida únicamente a la vida e integridad física y a la libertad de las personas objeto de protección.

Vigilantes de Seguridad

Funciones:

  • Vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, y la protección de las personas que estén allí.
  • Controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados, sin que en ningún caso puedan retener la documentación personal.
  • Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección.
  • Poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los delincuentes en relación con el objeto de su protección, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, no pudiendo proceder al interrogatorio de aquéllos.

Funciones de los Cuerpos de Seguridad del Estado

Cuerpo Nacional de Policía (CNP)

Funciones específicas:

  • Expedición del DNI y de los Pasaportes.
  • Control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros.
  • Extranjería, refugio y asilo, extradición, expulsión, emigración e inmigración.
  • Vigilancia e inspección del cumplimiento de la normativa en materia del juego.
  • Investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga.
  • Colaborar y prestar auxilio a las policías de otros países, conforme a lo establecido en los tratados o acuerdos internacionales sobre las leyes, bajo la superior dirección del Ministerio del Interior.

Policía Local

Funciones:

  • Proteger a las Autoridades de las corporaciones locales, y vigilancia y custodia de sus edificios e instalaciones.
  • Prestar auxilio en los planes de protección civil en caso de emergencia.
  • Vigilar espacios públicos, colaborar con las FCSE y Policía autonómica en la protección de manifestaciones, y mantenimiento del orden en concentraciones humanas cuando sean requeridos para ello.
  • Efectuar diligencias de prevención y actuaciones ante la comisión de actos delictivos acordadas en la Junta Local de Seguridad.

Funciones que deben ser comunicadas a las FCSE competentes tras su actuación:

  • Instruir atestados por accidente de circulación dentro del casco urbano.
  • Efectuar diligencias de prevención y actuaciones ante la comisión de actos delictivos acordadas en la Junta de Seguridad.

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