Fundamentos y Clasificación del Derecho: Ramas, Tipos y Definiciones Clave
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Clasificación Fundamental del Derecho
Derecho Interno y Derecho Externo
- Derecho Interno: Regula las relaciones jurídicas que existen, se desarrollan y concluyen dentro del territorio estatal, y rige las relaciones entre el Estado y sus instituciones, los particulares y las relaciones entre estos.
- Derecho Externo: Se refiere a las relaciones jurídicas que trascienden de un Estado hacia el exterior y rige las relaciones entre Estados u otros sujetos de Derecho Internacional.
Derecho de Forma y Derecho de Fondo
- Derecho de Fondo: Se refiere al contenido de las relaciones jurídicas.
- Derecho de Forma: Se refiere al procedimiento a seguir ante los órganos estatales encargados de aplicar el derecho.
Las Ramas del Derecho
El derecho se divide en las siguientes ramas principales:
- Derecho Constitucional: Determina la estructura del Estado y sus respectivas facultades y funciones.
- Derecho Penal: Define las transgresiones más graves al ordenamiento jurídico. Por delito entendemos toda conducta que lesione la libertad de desenvolvimiento de otra persona. Las penas establecidas por nuestro Código Penal son: la reclusión, la prisión, la multa y la inhabilitación.
- Derecho Procesal: Señala los procedimientos, las autoridades y partes que intervienen y las maneras de actuar en juicio.
- Derecho Administrativo: Establece las reglas de funcionamiento de la Administración Pública y de prestación de servicios públicos.
- Derecho Internacional Público: Regula las relaciones de los Estados entre sí en el campo internacional.
- Derecho Civil: Rige al hombre como tal, sin consideración de sus actividades o profesiones particulares, y regla sus relaciones con sus semejantes. Se ocupa de la persona (sea natural o jurídica), de la familia y establece los deberes y derechos que nacen del parentesco y del matrimonio.
- Derecho Comercial: Regla las relaciones de los comerciantes y las consecuencias jurídicas de los actos de comercio, y establece el régimen aplicable a la actividad mercantil.
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Derecho Laboral: Rama autónoma que nace en la Revolución Industrial. Sus principales divisiones son:
Relación Individual entre Empleador y Empleado
Abarca todos los aspectos que atañen a la relación laboral individual (iniciación, despido, vacaciones, salarios, sueldo anual, etc.).
Derecho Colectivo del Trabajo
Contiene todas las regulaciones en torno a la representación sindical, el derecho de huelga, los convenios, etc.
Riesgos de Trabajo
Se ocupa de los accidentes y enfermedades causadas en ocasión del desempeño laboral.
Derecho Previsional
Regula la jubilación y pensión.
El trabajo en relación de dependencia implica subordinación técnica, económica y jurídica del empleado con respecto a su empleador. Las normas laborales propenden a tutelar los derechos del trabajador; en caso de duda, se estará a lo que sea más favorable al trabajador.
- Derecho de Minería: Refiere a la exploración, adjudicación y explotación de las riquezas del subsuelo.
- Derecho Rural: Regula las relaciones derivadas de la explotación agropecuaria.
- Derecho Internacional Privado: Regula las relaciones jurídicas privadas que se desarrollan en más de un Estado.