Fundamentos y Conexiones del Derecho Agrario con el Marco Jurídico Nacional

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1.6. Relación del Derecho Agrario con otras Ciencias y Ramas del Derecho

Fuentes Históricas del Derecho Agrario

Las fuentes históricas son aquellas que versan sobre las circunstancias temporales y son indispensables para conocer el texto de una ley, un tratado, entre otras normativas. Por ejemplo:

  • Los Códigos Agrarios de 1934, 1940 y 1942.
  • La Ley Federal de la Reforma Agraria, entre otros ordenamientos jurídicos.

Vinculación del Derecho Agrario con otras Ramas Jurídicas

Derecho Constitucional

La vinculación entre el Derecho Constitucional y el Derecho Agrario estriba en que el primero está plasmado en la Ley Fundamental (Carta Magna). Dentro de la Constitución, quedan supeditadas las demás leyes, incluyendo las agrarias. En el caso concreto, el Artículo 27 Constitucional es el que se considera como la base del Derecho Agrario.

Derecho Administrativo

En virtud de que este reglamenta las actividades del poder público, las cuales se encuentran relacionadas con la planeación y ejecución de las políticas públicas enfocadas a las actividades agrarias. Asimismo, cabe mencionar que los procedimientos de corte agrario son ejecutados por autoridades administrativas.

Derecho Ambiental

La relación entre el Derecho Agrario y el Derecho Ambiental es una de las más evidentes, no solo porque en el campo y en los bosques se encuentran muchos de los ecosistemas cuyo cuidado y conservación son regulados por el Derecho Agrario, sino porque la ejecución de las actividades agrarias son las que más inciden en la estabilidad del medio ambiente.

Derecho Civil

El Derecho Civil ha establecido las bases jurídicas que utiliza la mayoría de las actividades reguladas por el Derecho Agrario.

Derecho Mercantil

Las empresas agrícolas, aun cuando se encuentran reguladas por leyes agrarias especiales, presentan muchos aspectos cuya regulación se norma por los principios generales del Derecho Mercantil. Aunado a esto, una gran parte del producto agropecuario tiene como finalidad la comercialización, ya sea a mercados locales o internacionales, cuyas operaciones encuentran su sustento en el Derecho Mercantil.

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