Fundamentos del Contrato de Trabajo: Funciones, Exclusiones y Capacidad Legal

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Funciones del Contrato de Trabajo

El contrato de trabajo desempeña roles fundamentales dentro del marco legal:

  • Función reguladora: Regula las condiciones, derechos y obligaciones. Esta función tiene mucha potencialidad, pero está sujeta a lo que dispongan los convenios colectivos y lo que dicte la ley.
  • Función constitutiva: El contrato de trabajo crea o constituye la relación de trabajo, estableciendo el vínculo formal entre el trabajador y su empresario.

Según el Artículo 9.2 del Estatuto de los Trabajadores (ET), el hecho de que no exista un contrato de trabajo formal no significa que no se puedan generar ciertos efectos legales derivados de la prestación de servicios.

Relaciones laborales excluidas del ordenamiento laboral

Existen determinadas relaciones de trabajo a las que no se les aplica el Estatuto de los Trabajadores:

  • Funcionarios públicos: Su relación de trabajo está regulada específicamente por el Derecho Administrativo.
  • Las prestaciones personales obligatorias: Basadas en el principio de voluntariedad, estas están prohibidas en nuestro país y por normas de carácter internacional de la OIT. Sin embargo, existen supuestos en los que la Ley prevé alguna prestación obligatoria donde no existe relación laboral, tales como:
    • Mesas electorales.
    • Ley del Jurado.
  • Trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad: En estos casos no existe el rasgo de remuneración, aunque podría haber una compensación de gastos.
  • Relaciones laborales de carácter especial.

Capacidad del Trabajador para Trabajar

En algunos supuestos, existen límites legales para poder ejercer una actividad laboral:

  • Los menores de 16 años no pueden trabajar (con la excepción de artistas en espectáculos públicos).
  • Los menores de 18 años no pueden realizar trabajos nocturnos, horas extraordinarias, ni trabajos que sean nocivos para su salud o peligrosos.
  • Puede ocurrir en algunos casos que, para poder trabajar, se exija una determinada titulación profesional.
  • En la Administración Pública (A.P.), existe una Ley de Incompatibilidades que se aplica específicamente al personal laboral.

Capacidad para contratar según la edad

En cuanto a la edad, la capacidad para consentir o celebrar un contrato se rige por las siguientes reglas:

  • Plena capacidad: Se adquiere a partir de los 18 años.
  • Menores emancipados: Tienen plena capacidad los menores de 18 años que se han emancipado, por ejemplo, por matrimonio.
  • Menores entre 16 y 18 años: Necesitan el consentimiento de sus padres o tutores. No obstante, si con el consentimiento de estos el hijo vive de forma independiente, entonces el hijo también puede celebrar su propio contrato de trabajo.
  • Autorización: Los menores de 18 años necesitan la autorización de los padres; en caso de que esta no exista, el contrato es considerado anulable.

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