Fundamentos del Contrato de Trabajo: Requisitos, Modalidades y Derechos Laborales Esenciales

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Marco Legal del Contrato de Trabajo

Definición y Requisitos de Validez

El Contrato es un acuerdo escrito o verbal entre el empresario y el trabajador para la realización de una actividad a cambio de una remuneración.

Condiciones de Validez del Contrato

  • Consentimiento de ambas partes.
  • Objeto o causa (la razón de ser del contrato).
  • Realización de una actividad a cambio de una remuneración.

Capacidad para Contratar

Para Firmar Contrato como Trabajador

  • Mayores de 18 años (+18).
  • Entre 16 y 18 años: Requieren autorización de sus padres o tutores legales, o si están legalmente emancipados.
  • Menores de 16 años: Solo pueden trabajar en espectáculos públicos, previa autorización de la autoridad laboral.

Nota importante sobre menores: Los menores de edad no pueden realizar horas extras ni trabajo nocturno.

Trabajadores extranjeros (Fuera de la UE): Deben contar con Tarjeta de Residencia o Permiso de Trabajo en vigor.

Para Firmar Contrato como Empresario

  • Mayores de 18 años (+18).
  • Entre 16 y 18 años: Aplican las mismas condiciones que para el trabajador (autorización o emancipación).

El Periodo de Prueba

El Periodo de Prueba es un tiempo inicial durante el cual ambas partes evalúan la relación laboral. Durante este periodo, el trabajador:

  • Debe percibir el salario correspondiente a su puesto.
  • La relación laboral se puede finalizar sin necesidad de preaviso.
  • No tiene derecho a cobrar indemnización por el cese.

Duración Máxima del Periodo de Prueba

  • 6 meses: Para técnicos titulados o trabajadores que posean titulación universitaria.
  • 3 meses: En empresas con menos de 25 trabajadores (para personal no titulado).
  • 2 meses: En empresas con 25 o más trabajadores (para personal no titulado).
  • 1 mes: En contratos temporales cuya duración máxima prevista no supere los 6 meses.

Tipos de Contratos Laborales

Contratos según la Jornada

Contratos a Tiempo Completo

La jornada laboral es de 8 horas al día o 40 horas a la semana (o la jornada máxima legal o pactada en convenio).

Contratos a Tiempo Parcial

La jornada laboral es inferior a la estipulada para un contrato a tiempo completo.

Contratos de Duración Indefinida

Contratos Indefinidos Ordinarios

No tienen fecha de finalización preestablecida.

Indefinidos Adscritos a Obra (Sector Construcción)

Tienen como finalidad la realización de una obra o servicio determinado. Su duración máxima es de 3 años o 4, según lo establecido en el convenio colectivo. Pueden ser a tiempo completo o parcial, y deben formalizarse por escrito.

Fijos Discontinuos

Son contratos indefinidos que no prestan servicio durante todo el año, sino solo cuando la empresa necesita su actividad (periodos intermitentes). Mientras no trabajan, los empleados pueden cobrar la prestación por desempleo.

Contratos de Duración Determinada (Temporales)

Los Contratos Temporales tienen una fecha de finalización. Su duración máxima es similar a la establecida para los contratos adscritos a obra (3 o 4 años, según convenio), aunque las modalidades específicas tienen sus propios límites.

Contrato Temporal por Circunstancias de la Producción

  • Duración máxima: 6 meses (dentro de un periodo de 1 año) o 12 meses (dentro de un periodo de 18 meses), según lo establecido legalmente o por convenio.
  • Formalización: Puede ser a tiempo completo o parcial. Debe ser escrito, salvo si su duración es inferior a 4 semanas, en cuyo caso puede ser verbal.

Contrato Temporal por Sustitución

Tiene como objetivo sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto. Puede ser contratado hasta 15 días antes de que se produzca la sustitución efectiva.

  • Formalización: Puede ser a tiempo completo o parcial, verbal o escrito.
  • Indemnización: No tiene derecho a indemnización a la finalización del contrato.

Contratos Formativos

Contrato para la Obtención de la Práctica Profesional

Debe ser adecuado al nivel de estudios del trabajador. La empresa elabora un plan formativo y asigna un tutor al empleado.

  • Duración: Oscila entre 6 meses y 1 año.
  • Periodo de prueba: Será de 1 mes como máximo.

Intermediación Laboral

Empresa de Trabajo Temporal (ETT)

La ETT contrata a trabajadores para cederlos a otras empresas de forma temporal. La empresa usuaria organiza y dirige al trabajador, mientras que la ETT se encarga de su salario y obligaciones laborales.

Agencia de Colocación

La Agencia de Colocación pone en contacto a los trabajadores con las empresas, encargándose del proceso selectivo. No obstante, quien asume la contratación y todas las responsabilidades laborales es la empresa contratante.

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