Fundamentos del Contrato Social: Perspectivas Clave y la Visión de John Locke

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El Contrato Social: Conceptos Fundamentales

La idea de contrato social se refiere al dominio de lo jurídico, derivado del latín 'societas', que alude a un acuerdo mediante el cual los individuos ponen en común bienes o actividades. Como tal, los socios se comprometen a compartir toda pérdida o beneficio que provenga de esta asociación.

Es un acuerdo real realizado al interior de un grupo por sus miembros. Parte de la premisa de que todos los integrantes del grupo están de acuerdo, por voluntad propia, con el contrato social, en virtud de lo cual admiten la existencia de leyes que los someten.

Además, el contrato social es una hipótesis explicativa de la autoridad política y el orden social, intrínsecamente ligada a la noción de igualdad política, tanto formal como material.

La Perspectiva de John Locke

Según John Locke: Dos Ensayos sobre el Gobierno Civil (1690)

La idea de naturaleza humana en Locke es profundamente cristiana: el hombre es una criatura de Dios. Por lo tanto, el hombre no puede destruir su propia vida ni la de los demás, pues su existencia no le pertenece a sí mismo, sino a Dios. El hombre tiene el derecho y el deber de conservar su vida.

Asimismo, el hombre no es súbdito de ningún otro hombre, sino que es libre. Si la naturaleza humana lleva inserta el derecho y el deber de preservar su vida, para Locke, nadie cumpliría ese derecho y ese deber en el estado de naturaleza. Además, en caso de conflicto en su cumplimiento, la naturaleza humana no cuenta con la existencia de una autoridad que lo dirimiera.

Por lo que la comunidad busca suplir esas carencias del estado de naturaleza: la necesidad de una autoridad que juzgue en caso de conflicto. Se trata, pues, de establecer un contrato que funde un orden social o civil que atienda exclusivamente a suplir esas carencias del estado de naturaleza; es decir, aplicar una justicia o una autoridad que determine, en caso de choque entre dos individuos, qué se debe hacer.

El pacto social es, en sí mismo, bastante limitado, buscando el establecimiento de un juez que dirima las controversias derivadas de la propia ley natural. Se dictan, entonces, unas normas que son la continuidad de las leyes naturales y que consisten en el reconocimiento de los fines de la naturaleza de hombres libres e iguales, asegurando los derechos fundamentales de la libertad, la igualdad, la vida y la propiedad.

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