Fundamentos del Derecho Civil: Capacidad Legal, Interdicción y Estado Civil de las Personas
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Conceptos Fundamentales del Derecho Civil
Capacidad Jurídica
La capacidad jurídica es la aptitud para ser sujeto de derechos y obligaciones.
Clasificación de la Capacidad
- Capacidad de Goce: Atribuida a todas las personas.
- Capacidad de Ejercicio: Concedida a los mayores de edad.
- Circunstancias que la modifican: edad, sexo, estado civil, salud mental, salud física, nacionalidad, domicilio y parentesco.
- Capacidad Relativa: Aplicable a menores de 14 años con permisos específicos establecidos por la ley.
Incapacidad
La incapacidad es un estado especial en que se encuentra una persona, que la priva de su capacidad de ejercicio.
Estado de Interdicción
El estado de interdicción es la situación de una persona que ha sido judicialmente declarada incapaz para la realización de actos jurídicos. (Art. 12 CC)
¿Quiénes deben ser declarados en estado de interdicción?
- Los mayores de edad que adolezcan de enfermedad mental o que les prive de discernimiento.
- Las personas que abusen del alcohol y se expongan a sí mismos y a su familia a graves perjuicios económicos. (Art. 9 CC, referente a la incapacidad)
¿Quiénes pueden solicitar la interdicción?
- El Ministerio Público.
- Los parientes.
- Personas que tengan contra el incapaz una acción que deducir. (Art. 12 CC)
Nota importante: Los incapaces pueden ejercer sus derechos y obligaciones por medio de su representante legal.
Fin de la Interdicción
La interdicción finaliza cuando termina la causa que la motivó y cuando así lo declare la autoridad judicial. (Art. 12 CC)
El Estado Civil de las Personas
Definición de Estado Civil
El estado civil se refiere a las cualidades o condiciones que la ley establece para fines jurídicos en relación con la familia o el Estado.
Características del Estado Civil
- Inalienable: No se puede transferir.
- Fuera de comercio.
- Imprescriptible.
- Irrenunciable.
- Intransmisible.
- Indivisible.
Tipos de Estados Civiles
- Estado Personal (situación frente a la sociedad)
- Mayor o menor de edad.
- Capaz o incapaz.
- Estado Civil o Familiar (situación frente al núcleo familiar)
- Hijo dentro o fuera de matrimonio.
- Padre, madre, cónyuge o pariente.
- Soltero, casado.
- Estado Político (situación frente a la nación)
- Guatemalteco o extranjero.
- Ciudadano o no ciudadano.
Posesión Notoria de Estado
Requisitos para la Posesión Notoria de Estado
- El nombre.
- El tratamiento.
- La fama. (Art. 223 CC)
Registro Civil de las Personas
Obligatoriedad de las Inscripciones
Son obligatorias las inscripciones de los hechos y actos del estado civil. (Art. 68 Ley de RENAP)