Fundamentos del Derecho Civil: Conceptos Esenciales y Clasificación de Actos Jurídicos
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El Proceso Legislativo: Fases de Creación de la Ley
El proceso de formación de la ley se compone de las siguientes etapas:
- Iniciativa
- Discusión
- Aprobación
- Sanción
- Promulgación
- Publicación
Fuentes del Derecho
Fuentes Materiales
Factores sociales, económicos o políticos que determinan la generación y el contenido de las normas jurídicas.
Fuentes Formales
Autoridades o sujetos legalmente facultados que crean y exteriorizan las normas jurídicas (procedimientos de creación).
El Hecho Jurídico
El Hecho Jurídico es todo fenómeno de la naturaleza o acto humano al que el legislador atribuye una consecuencia jurídica. Esta consecuencia puede consistir en la creación, modificación, transferencia, transmisión o extinción de un derecho.
Clasificación del Hecho Jurídico
- Hechos de la Naturaleza (o Naturales)
- Hechos del Hombre (o Humanos)
- Involuntario
- Voluntario:
- Lícito
- Ilícito
El Acto Jurídico
El Acto Jurídico es la declaración o manifestación de voluntad, sancionada por el Derecho, destinada a producir efectos jurídicos deseados por su autor o por las partes, los cuales pueden consistir en crear, modificar, transmitir o extinguir derechos y obligaciones.
Clasificación de los Actos Jurídicos
Según el número de voluntades
- Acto Jurídico Unilateral
- Se genera por la voluntad de una sola parte.
- Acto Jurídico Bilateral
- Se genera por el acuerdo de voluntades de dos o más partes.
Según la utilidad o gravamen para las partes
Atendiendo a la utilidad que genera el acto para las partes:
- Contrato Oneroso
- Ambas partes se gravan recíprocamente (ambas tienen utilidad y sufren gravamen).
- Contrato Gratuito o de Beneficencia
- Una parte tiene utilidad y la otra sufre el gravamen.
Según la época en que produce sus efectos
- Acto Jurídico Inter Vivos (Entre Vivos)
- Produce efectos mientras ambas partes están vivas.
- Acto Jurídico por Causa de Muerte (Mortis Causa)
- Produce efectos después de la muerte del autor.
Según su subsistencia
- Acto Jurídico Principal
- Subsiste por sí mismo.
- Acto Jurídico Accesorio
- Para poder subsistir, depende de un acto jurídico principal.
Según el momento de producción de efectos
- Acto Jurídico Instantáneo
- Produce sus efectos inmediatamente.
- Acto Jurídico de Ejecución Diferida o de Tracto Sucesivo
- Sus obligaciones están sujetas a modalidad o se cumplen instante a instante.
Según la alteración de sus efectos
- Acto Jurídico Puro y Simple
- Produce sus efectos desde su constitución sin ninguna modificación.
- Acto Jurídico Sujeto a Modalidad
- Produce sus efectos normales alterados por alguna cláusula (condición, plazo o modo).
Según la forma de perfeccionamiento
- Acto Jurídico Consensual
- Se perfecciona solo con el consentimiento de las partes.
- Acto Jurídico Solemne
- Requiere ciertas formalidades establecidas por la ley para su existencia o validez.
- Acto Jurídico Real
- Se perfecciona con la entrega o tradición de la cosa.
Según su regulación legal
- Acto Jurídico Nominado (Típico)
- Está regulado por el ordenamiento jurídico.
- Acto Jurídico Innominado (Atípico)
- Creado por las partes en virtud de la autonomía de la voluntad, sin regulación legal específica.