Fundamentos del Derecho y el Comercio: Conceptos Clave y Aplicación
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Introducción al Derecho
Etimología y Concepto
¿DE DÓNDE PROVIENE EL DERECHO?: Del idioma latín, que significa 'dirigir', 'conducir'.
¿QUÉ ES EL DERECHO?: Es lo recto o igual; un conjunto de principios y reglas.
La Norma Jurídica
NORMA: Se entiende como la ordenación de la conducta.
Clasificación de las Normas Jurídicas
Las normas jurídicas se clasifican de acuerdo a:
- Su ámbito espacial de validez.
- Su ámbito temporal de validez.
Fuentes del Derecho
Las Fuentes del Derecho se clasifican en:
Fuentes Formales
Se refiere al proceso de creación de las normas jurídicas.
Legislación
Es el proceso por el cual el Estado determina normas jurídicas.
Jurisprudencia
Es la interpretación de la ley que emana de los tribunales.
Doctrina
Es la opinión de uno o varios autores en cualquier materia.
También existen las fuentes materiales e históricas.
Derecho Mercantil
Concepto y Características
El DERECHO MERCANTIL es el conjunto de normas relativas a los comerciantes. Hace alusión a su objeto de estudio.
Sus CARACTERÍSTICAS principales son:
- Es un derecho profesional, creado para solucionar los conflictos.
- Es un derecho individualista, al ser una parte del derecho privado.
- Es un derecho consuetudinario.
- Es un derecho progresivo.
Sujetos del Derecho Mercantil: El Comerciante
Definición de Comerciante
COMERCIANTE: Es, en términos generales, la persona que se dedica habitualmente al comercio.
El CÓDIGO DE COMERCIO dice que son comerciantes las personas naturales y jurídicas reuniendo los requisitos de ley.
Clases de Comerciantes
Se clasifican en:
- Persona natural.
- Persona jurídica: Son entidades a las que el derecho atribuye y reconoce una personalidad jurídica propia.
Atributos de la Personalidad de las Personas Jurídicas
Incluyen: nombre, domicilio, nacionalidad, patrimonio.
Clasificación Adicional de Comerciantes
Los comerciantes se clasifican en: comerciantes individuales y sociales.
Capacidad para Ejercer el Comercio
El CÓDIGO DE COMERCIO, en su artículo #6, establece que tienen capacidad para ejercer actos de comercio:
- Los que sean mayores de edad y gocen de sus capacidades físicas.
- Los menores de edad, pero mayores de 18 años, que hayan sido emancipados o habilitados.
En tanto, el artículo #9 indica que NO pueden realizar actos de comercio:
- Los privados de este derecho por sentencia judicial.
- Los declarados en quiebra mientras no hayan sido rehabilitados.
Objeto del Derecho Mercantil: Actos y Cosas Mercantiles
Acto de Comercio
ACTO DE COMERCIO: Es un concepto jurídico utilizado para delimitar el campo de actuación.
El CÓDIGO DE COMERCIO define como acto de comercio: el que tenga finalidad de explotar, traspasar o liquidar una empresa.
Ejemplos de Actos de Comercio
- La compra, permuta o arrendamiento de bienes muebles.
- La compra, permuta o arrendamiento de créditos que circulen en el comercio.
- La comisión o mandato comercial.
Cosas Mercantiles
COSAS MERCANTILES: Es todo objeto mercantil con valor económico.