Fundamentos del Derecho Constitucional Mexicano: Estructura y Atribuciones de los Poderes de la Unión y el Municipio

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Estructura del Gobierno Federal Mexicano

Poder Ejecutivo Federal

El Poder Ejecutivo Federal se deposita en el Presidente de la República.

Requisitos para ser Presidente de la República:

  • Ser mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos.
  • Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección.
  • Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección.
  • No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto.
  • No ser militar en servicio activo, ni tener mando de fuerza en el distrito o estado donde se haga la elección, 90 días antes de ella.
  • No ser secretario o subsecretario de Estado, Fiscal General de la República, ni titular de algún organismo descentralizado o empresa de participación estatal mayoritaria, a menos que se separe de su cargo 6 meses antes del día de la elección.
  • No haber cometido delito doloso.

Facultades del Presidente de la República:

  • Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.
  • Nombrar y remover libremente a los secretarios de despacho, al Fiscal General de la República y a los demás empleados de la Unión cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes.
  • Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Senado.
  • Declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de la Unión.
  • Disponer de la totalidad de la fuerza armada permanente para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.
  • Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas y designar su ubicación.

Poder Legislativo Federal

El Poder Legislativo Federal se deposita en el Congreso General, que se divide en dos Cámaras: la de Diputados y la de Senadores.

Composición del Congreso de la Unión:

  • La Cámara de Diputados se compone de 500 diputados:
    • 300 electos por el principio de mayoría relativa (voto directo en distritos uninominales).
    • 200 electos por el principio de representación proporcional (plurinominales, mediante listas regionales).
  • El Senado de la República se compone de 128 senadores:
    • 2 por cada entidad federativa (64 en total) y uno de primera minoría por cada entidad (32 en total), electos por el principio de mayoría relativa.
    • 32 senadores electos por el principio de representación proporcional.

Requisitos para ser Diputado Federal:

  • Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos.
  • Tener 21 años cumplidos el día de la elección.
  • Ser originario de la entidad federativa en que se haga la elección o vecino de ella con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de la elección.
  • No estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía o gendarmería rural en el distrito donde se haga la elección, 90 días antes de ella.
  • No ser secretario o subsecretario de Estado, ni ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a menos que se separe de su cargo 90 días antes de la elección.
  • No ser ministro de algún culto religioso.

Requisitos para ser Senador de la República:

  • Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos.
  • Tener 25 años cumplidos el día de la elección.
  • Ser originario de la entidad federativa en que se haga la elección o vecino de ella con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de la elección.
  • No estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía o gendarmería rural en el distrito donde se haga la elección, 90 días antes de ella.
  • No ser secretario o subsecretario de Estado, ni ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a menos que se separe de su cargo 90 días antes de la elección.
  • No ser ministro de algún culto religioso.

Facultades del Congreso de la Unión:

  • Expedir leyes sobre diversas materias que la Constitución le confiere.
  • Presentar iniciativas de ley y decretos.
  • Proponer reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación.
  • Declarar la guerra, previa revisión de los datos que le presente el Ejecutivo.
  • Nombrar la Comisión Permanente.
  • Aprobar o desechar las licencias solicitadas por el Presidente de la República.

Poder Judicial de la Federación

El Poder Judicial de la Federación se deposita en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, y los Juzgados de Distrito.

Requisitos para ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:

  • Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
  • Tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación.
  • Poseer el día de la designación, con antigüedad mínima de diez años, título profesional de licenciado en derecho, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello.
  • Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lesione seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.
  • Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación.
  • No haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputado federal, gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, durante el año previo al día de su nombramiento.

Facultades del Poder Judicial de la Federación:

  • Asegurar la supremacía constitucional y la legalidad de los actos de los poderes públicos y particulares.
  • Interpretar y aplicar las normas, reglas y leyes, resolviendo controversias jurídicas.
  • Resolver las controversias que se susciten por leyes o actos de la autoridad que violen las garantías individuales.
  • Resolver controversias entre la Federación y los Estados, entre los Estados, o entre los poderes de un mismo Estado.
  • Garantizar la protección de los derechos humanos a través de los juicios de amparo.

Artículos Constitucionales y Derechos Fundamentales

Igualdad:
Artículos 1, 2, 3, 4, 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Libertad:
Artículos 4-11, 24-28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Seguridad Jurídica:
Artículos 8, 14, 15 al 23 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Propiedad:
Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Derechos Sociales:
Artículos 3, 27, 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Municipio Mexicano

Características del Municipio

  1. Persona Moral: El municipio es una entidad jurídica con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, distinta de los individuos que la integran.
  2. Personalidad Jurídica Propia: Goza de autonomía en su gestión interna y de soberanía en el ámbito de su competencia, sin depender jerárquicamente de los poderes estatales o federales en su administración.
  3. Patrimonio Propio: Posee bienes muebles e inmuebles, recursos financieros y derechos que le permiten cumplir con sus fines, incluyendo sus bienes de dominio público y privado.
  4. Órgano de Gobierno: Su gobierno recae en el Ayuntamiento, integrado por el Presidente Municipal, síndicos y regidores.

Roles y Conceptos Clave en el Ámbito Municipal

Síndico:
Se encarga de la representación jurídica del ayuntamiento y de la vigilancia de la hacienda pública municipal.
Norma Jurídica Municipal:
Se refiere a las ordenanzas, reglamentos y disposiciones que expide el ayuntamiento para regular la vida municipal.
Regidores:
Son miembros del ayuntamiento que tienen a su cargo la administración municipal, la supervisión de los servicios públicos y el apoyo al Presidente Municipal en sus funciones.

Estructura del Gobierno Mexicano por Niveles

  • Nivel Federal: Presidente de la República, Congreso de la Unión (Cámara de Diputados y Cámara de Senadores), Poder Judicial de la Federación.
  • Nivel Estatal: Gobernador, Legislaturas Locales (Congresos Estatales), Poder Judicial de los Estados.
  • Nivel Municipal: Presidente Municipal, Síndicos y Regidores (conformando el Ayuntamiento).

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