Fundamentos del Derecho Contractual: Elementos Esenciales y Tipos de Contratos Civiles

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Contratos y sus Elementos Fundamentales

Contratos

Hay contratos cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos.

Elementos del Contrato

Elementos Esenciales

Son imprescindibles para la existencia de un contrato. Estos son: la capacidad, el consentimiento, el objeto y, en algunos casos, la forma.

Elementos Naturales

Son aquellos que la ley considera implícitos, pero pueden ser suprimidos o modificados por la voluntad de las partes.

Elementos Accidentales

Son cláusulas que dependen de la voluntad de las partes, no siendo necesarias para la existencia del contrato.

Conceptos Fundamentales

Capacidad

Para contratar es necesario que las partes sean capaces de hecho y de derecho. No pueden contratar los incapaces por incapacidad absoluta, ni aquellos con incapacidad relativa en los casos en que les es expresamente prohibido.

Consentimiento

Es la manifestación de voluntad por medio de la cual una persona se pone de acuerdo con otra u otras, con el fin de ligarse por un contrato.

Objeto

Los contratos tienen como objeto las prestaciones que deben cumplir las partes. Dado que los contratos son actos jurídicos, se aplican a ellos las reglas correspondientes a estos últimos.

Forma

Debe observarse en los contratos lo dispuesto en cuanto a la forma de los actos jurídicos.

Prueba

Según el Código Civil, los contratos pueden ser probados por:

  • Instrumentos públicos o privados.
  • Confesión de partes.
  • Presunciones legales o judiciales.
  • Testigos.

Contratos Típicos

Contrato de Compraventa

Habrá compraventa cuando una de las partes (el vendedor) se obliga a transferir a la otra (el comprador) la propiedad de una cosa, y esta se obliga a recibirla y a pagar por ella un precio cierto en dinero.

Elementos de la Compraventa

  • Capacidad de las partes.
  • Consentimiento.
  • Objeto.
  • Precio.

Tipos de Locación

Locación de Cosas

En ella, el locador se obliga a conceder el uso y goce de una cosa, y el locatario a pagar un precio.

Locación de Obra

En ella, el locador se obliga a ejecutar una obra, y el locatario a pagar por ella un precio en dinero.

Locación de Servicios

En ella, el locador debe prestar un servicio material o intelectual, y el locatario a pagar un precio. En este contrato se tiene en cuenta la duración del servicio.

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