Fundamentos del Derecho: Definiciones, Clasificación y Conceptos Esenciales

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1. Definiciones del Derecho

  • Origen de la ley: Conjunto de normas jurídicas creadas por el poder legislativo para regular la conducta externa de los hombres en sociedad.
  • A los fines: Sistema de normas, principios e instituciones que rigen, de manera obligatoria, el actuar social del hombre para alcanzar la justicia, la seguridad y el bien común.
  • A la persona: Conjunto de normas bilaterales, heterónomas, coercibles y externas que tienen por objeto regular la conducta humana en su interferencia intersubjetiva.
  • A la sociedad: Conjunto de normas jurídicas que se aplican exclusivamente a los hombres que viven dentro de una sociedad.

2. Clasificación del Derecho

  • Derecho objetivo: Conjunto de normas jurídicas que forman la maquinaria jurídica y que se recogen por escrito en los códigos.
  • Derecho subjetivo: Poder con que cuenta una persona para reclamar el cumplimiento de las normas jurídicas que considera le favorecen y tutelan. El objetivo es la norma que da la facultad y el subjetivo la facultad reconocida por la norma.
  • Derecho público: Normas jurídicas que regulan las relaciones del Estado, como ente soberano, con los ciudadanos o con otros Estados.
  • Derecho privado: Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los particulares entre sí.
  • Derecho positivo: Es el conjunto de normas que se aplican efectivamente en un tiempo y lugar determinado.
  • Derecho natural: Conjunto de normas y principios deducidos por la razón humana, anteriores y superiores a las normas del derecho positivo.

3. Conceptos básicos

  • Persona jurídica: Grupo de personas físicas a las que la ley reconoce personalidad independiente de la de cada uno de sus miembros.
  • Persona física: Persona humana que goza de derechos y obligaciones otorgados por la ley.
  • Capacidad jurídica: Aptitud general para ser titular de derechos y obligaciones.
  • Responsabilidad: En el momento en que se realiza un hecho, surge una responsabilidad.
  • Delito: Conducta típica, antijurídica y culpable que es sancionada con una pena.
  • Pena: Sanción que se impone al responsable de una infracción penal.
  • Daño: Perjuicio causado a una persona o cosa como consecuencia de un acto determinado.
  • Contrato: Relación basada en un acuerdo. Generalmente se identifica con un negocio bilateral de carácter patrimonial.
  • Sanción: Imposición de una multa por parte de la administración a la persona responsable de la infracción.

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