Fundamentos del Derecho y la Empresa: Conceptos Clave y Aplicación Práctica

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Fundamentos del Derecho y la Constitución Española

1. El Derecho: Concepto, Importancia y Características Esenciales

El Derecho es el conjunto de normas jurídicas que regulan la convivencia en una sociedad. Estas normas son obligatorias y su incumplimiento puede conllevar sanciones. Es fundamental para la sociedad porque garantiza el orden, la paz y la justicia, y permite resolver conflictos entre personas o entre ciudadanos y el Estado.

Las características principales del Derecho son:

  • Es un sistema organizado.
  • Es complejo.
  • Es coherente.
  • Tiene unidad.
  • Es completo.
  • Es dinámico.

2. La Separación de Poderes según Montesquieu en España

Montesquieu, en su libro Del Espíritu de las Leyes, sostenía que para evitar abusos y garantizar la libertad, los poderes del Estado debían estar separados e independientes. En España, esos tres poderes son:

  • Poder Legislativo: Su función es hacer las leyes. Lo ejercen las Cortes Generales, que se componen del Congreso de los Diputados y el Senado.
  • Poder Ejecutivo: Su función es aplicar las leyes y gobernar. Lo ejerce el Gobierno, formado por el presidente, los vicepresidentes y los ministros.
  • Poder Judicial: Su función es juzgar y hacer cumplir las leyes. Lo ejercen jueces y magistrados, con el Consejo General del Poder Judicial como órgano de gobierno.

3. El Proceso de Formación y Control del Gobierno en España

Supongamos que el Congreso de los Diputados está compuesto por grupos políticos, donde los grupos A y B son rivales históricos.

a) Pasos para la investidura del presidente del Gobierno

Primero, el Rey consulta con los representantes de los grupos políticos y propone al candidato del grupo A. En la primera votación de investidura, el candidato necesita mayoría absoluta (176 votos). Si no la consigue, se celebra una segunda votación 48 horas después, donde solo necesita mayoría simple (más síes que noes). Podría conseguirlo con apoyos de otros partidos.

b) Consecuencias de una investidura fallida

Si pasan dos meses desde la primera votación y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el Rey disuelve las Cortes y convoca nuevas elecciones generales.

c) La cuestión de confianza

Se llama cuestión de confianza. El presidente la plantea al Congreso y necesita mayoría simple para aprobarla. Si la pierde, debe dimitir y se abre un nuevo proceso de investidura.

d) La moción de censura

Se llama moción de censura. El partido B necesita presentar un candidato alternativo y conseguir mayoría absoluta (176 votos) en el Congreso. Si la aprueban, el presidente actual cesa y el nuevo candidato es automáticamente elegido presidente.

4. Procedimiento Agravado de Reforma Constitucional: El Caso de la Monarquía a la República

Para cambiar la parte primera de la Constitución, que establece que España es una Monarquía Parlamentaria, y pasar a constituir una República, se seguiría el procedimiento agravado:

  1. Aprobación del proyecto de reforma por mayoría de dos tercios (2/3) del Congreso y del Senado.
  2. Disolución de las Cortes y convocatoria de elecciones generales.
  3. Las nuevas Cortes deben volver a aprobar la reforma con mayoría de dos tercios (2/3) en ambas cámaras.
  4. Finalmente, la reforma debe ser ratificada en referéndum por el pueblo español.

5. Conceptos Clave en la Aprobación de la Constitución Española de 1978

En el proceso de aprobación de la Constitución Española de 1978, se mencionan tres términos fundamentales:

  • Consenso: Fue la base del proceso constituyente. Los partidos políticos de ideologías muy diferentes se pusieron de acuerdo para crear una Constitución que representara a todos. Sin consenso no habría sido posible aprobar la Constitución.
  • Amnistía: Antes de aprobarse la Constitución, se aprobó una Ley de Amnistía en 1977 que perdonó delitos políticos del franquismo y de la oposición. Fue un paso clave para la reconciliación y la transición a la democracia.
  • Sufragio universal: Es el derecho de todos los ciudadanos mayores de edad a votar. Gracias al sufragio universal, el pueblo pudo votar en el referéndum de 1978 para aprobar la Constitución democráticamente.

Derecho Mercantil y Contabilidad Empresarial

1. El Empresario Individual: Definición y Requisitos

Según el Código de Comercio, es empresario individual la persona física que realiza en nombre propio y por cuenta propia una actividad económica de forma habitual, con ánimo de lucro y bajo su propia responsabilidad.

Para ser empresario individual se deben cumplir estos requisitos:

  • Capacidad legal: Ser mayor de edad y tener libre disposición de los bienes.
  • Habitualidad: La actividad debe realizarse de forma continuada, no puntual.
  • Autonomía: El empresario toma decisiones por sí mismo, sin depender de terceros.
  • Actividad productiva: Debe producir o comercializar bienes y servicios.
  • Ánimo de lucro: El objetivo es obtener beneficios económicos.

2. Comparativa entre Sociedad Anónima (S.A.) y Sociedad Limitada (S.L.)

Diferencias:

  1. Capital mínimo: S.A. → 60.000 € / S.L. → 1 € (mínimo).
  2. División del capital: S.A. → Acciones / S.L. → Participaciones sociales.
  3. Transmisión: S.A. → Libre / S.L. → Limitada o restringida.
  4. Nombre: S.A. debe llevar “Sociedad Anónima” o “S.A.” / S.L. debe llevar “Sociedad Limitada” o “S.L.”.
  5. Flexibilidad: S.L. es más flexible para empresas pequeñas / S.A. está pensada para grandes empresas o cotizar en bolsa.

Semejanzas:

  1. Son personas jurídicas con personalidad propia.
  2. Los socios tienen responsabilidad limitada al capital aportado.
  3. Se constituyen mediante escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil.
  4. Están sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
  5. Ambas pueden tener un solo socio (unipersonal).

3. La Administración de Sociedades de Capital (Artículo 210 LSC)

a) Significado de la administración por administrador único

Significa que solo una persona será la encargada de representar legalmente a la sociedad y de tomar todas las decisiones administrativas.

b) Formas de organización de la administración en una Sociedad Anónima

Puede organizarse de tres formas:

  • Administrador único.
  • Varios administradores mancomunados (actúan conjuntamente).
  • Consejo de administración (cuando hay más de dos administradores).

c) Diferencias entre las distintas formas de administración

  • Administrador único: Una sola persona toma decisiones.
  • Administradores solidarios: Cada administrador puede actuar por separado.
  • Administradores mancomunados: Necesitan actuar conjuntamente para tomar decisiones.
  • Consejo de administración: Grupo colegiado que toma decisiones por mayoría, con presidente, secretario, etc.

d) Implicaciones del punto 3 del artículo 210 para la Sociedad Limitada

Permite que los estatutos de una S.L. incluyan varias opciones de administración y que la Junta de Socios pueda cambiar de una a otra sin tener que modificar los estatutos, lo que aporta flexibilidad. En una S.A., este cambio requiere modificación estatutaria.

e) Cambio de forma de administración en una Sociedad Limitada

Si en los estatutos de una Sociedad Limitada aparece que la sociedad será administrada por un administrador único o por dos administradores que actuarán de forma solidaria, la Junta de Socios decide el cambio. Ese acuerdo se debe formalizar en escritura pública e inscribir en el Registro Mercantil, aunque no es necesario modificar los estatutos si ya permiten ambas formas.

4. La Responsabilidad de los Socios frente a las Deudas Sociales

La frase "Los socios responderán subsidiaria, personal y solidariamente frente a las deudas generadas por la sociedad X" significa:

  • Subsidiaria: Los socios solo pagan si la sociedad no puede hacer frente a las deudas.
  • Personal: Cada socio responde con su patrimonio personal, no solo con lo que haya aportado a la sociedad.
  • Solidaria: Cualquiera de los socios puede ser obligado a pagar toda la deuda, aunque luego pueda reclamar a los demás lo que haya pagado de más.

5. Libros Contables y Registros Obligatorios para Empresas

Libros exigidos por el Código de Comercio:

  • Libro Diario: Se apuntan todos los hechos contables de la empresa de manera cronológica.
  • Libro de Inventarios y Cuentas Anuales: Contiene:
    • Inventarios:
      • Balance inicial: Patrimonio de la empresa al inicio del año.
      • Balance final: Patrimonio de la empresa al final del año.
      • Al menos un balance de comprobación por trimestre: Para comprobar que se está utilizando correctamente la partida doble.
    • Cuentas Anuales: Documentos referidos al fin del ejercicio:
      • Balance final: Situación patrimonial de la empresa al final del año.
      • Cuentas de Pérdidas y Ganancias: Resultado del ejercicio económico.
      • Memoria: Documento que amplía la información de los documentos anteriores.
  • Libro de Socios: Relación de socios.
  • Libro de Actas: Al menos un acta al año.

Libros exigidos por la normativa tributaria:

  • Libro Registro de Facturas Emitidas: Se refleja el número, fecha, destinatario, base imponible o importe, tipo impositivo y cuota tributaria.
  • Libro Registro de Facturas Recibidas: Se refleja el número de recepción, fecha, datos del expendedor, base imponible, tipo impositivo y cuota tributaria.
  • Libro Registro de Bienes de Inversión: Se registra de manera individual cada bien, con sus facturas, fecha de comienzo de su utilización, prorrata y regularización anual (si procede) de las deducciones.
  • Libro Registro de Determinadas Operaciones Intracomunitarias: Constarán dichas operaciones, fecha de realización, descripción de los bienes, destinatario y el Estado miembro de origen o destino.

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