Fundamentos del Derecho Español y Claves del Marco Laboral

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Introducción al Derecho

El derecho comprende el conjunto de principios y normas de carácter jurídico que son aplicables en un determinado periodo de tiempo y en un lugar geográfico concreto. Su característica principal es su carácter obligatorio, pudiendo llegar a ser castigados aquellos que no cumplan las leyes establecidas.

Poderes Públicos

En el sistema jurídico, se distinguen tres poderes fundamentales:

  • Poder Legislativo: Es el encargado de aprobar, modificar o derogar leyes. También ejerce el control del gobierno y aprueba los presupuestos generales. Está formado por el Congreso de los Diputados, el Senado y las Asambleas de las Comunidades Autónomas.
  • Poder Ejecutivo: Su función principal es aplicar las leyes. Además, elabora reglamentos y, por autorización del poder legislativo, puede elaborar normas con rango de ley. Lo forman el Gobierno, los Ministerios y los órganos de las Comunidades Autónomas.
  • Poder Judicial: Ejerce la potestad jurisdiccional y administra la justicia. Su labor consiste en juzgar y hacer que se ejecute lo juzgado. Está compuesto por los juzgados y los tribunales.

Los ciudadanos eligen mediante sufragio universal a sus representantes en el poder legislativo, y estos eligen al poder ejecutivo. El poder judicial no puede estar vinculado a ningún partido político para garantizar la imparcialidad e independencia.

Fuentes del Derecho

Las fuentes del derecho son los orígenes de las normas jurídicas. Se clasifican en:

  1. Leyes: Son normas jurídicas escritas, publicadas en documentos oficiales como el Boletín Oficial del Estado (BOE).
  2. La Costumbre: Es una norma jurídica no escrita, una conducta que se asume de manera continuada en el tiempo y por tradición, y que se acaba convirtiendo en norma.

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  1. Los Principios Generales del Derecho: Son enunciados que inspiran la creación y el sentido de las normas jurídicas. Los jueces acuden a ellos en defecto de leyes o costumbres aplicables.

Las Normas Jurídicas

La jerarquía y tipos de normas jurídicas en el ordenamiento español son:

  1. Constitución Española: Se aprobó en 1978 y es el eje central del derecho. En el ámbito laboral, regula aspectos como:
    • Mantener un régimen público de Seguridad Social.
    • Velar por la seguridad y la higiene en el trabajo.
    • Garantizar el descanso necesario y las vacaciones retribuidas.
    • Fomentar la formación y readaptación profesional.
    • Realizar políticas orientadas al pleno empleo.
  2. Leyes:
    • Orgánica: Regulan los derechos fundamentales y libertades públicas, así como los estatutos de autonomía. Necesaria mayoría absoluta para su aprobación.
    • Ordinaria: Regulan materias no reservadas a ley orgánica. Se aprueban por mayoría simple.
  3. Normas con Rango de Ley: Son normas creadas por el Gobierno sin que tengan que ser aprobadas por el Congreso y el Senado, aunque posteriormente pueden ser convalidadas o tramitadas como leyes. Ejemplos incluyen:
    • Real Decreto-ley
    • Real Decreto Legislativo
  4. Reglamentos: Son normas de menor importancia que las leyes, desarrolladas por el poder ejecutivo. Incluyen:
    • Reales Decretos: Aprobados por el Consejo de Ministros o el Gobierno en pleno.
    • Órdenes Ministeriales: Aprobadas por un ministro.

El Derecho Laboral

El derecho laboral es la rama del derecho que regula las relaciones entre trabajadores y empleadores.

Características de la Relación Laboral

Para que exista una relación laboral, deben cumplirse estas características esenciales:

  • Personal: El trabajo debe ser realizado por la persona contratada para ello.
  • Voluntaria: La prestación de servicios no es obligatoria ni forzosa.
  • Por cuenta ajena: El fruto del trabajo va para el empresario porque es quien asume los riesgos y beneficios de la actividad.
  • Dependiente: El trabajador se encuentra bajo la dirección y organización del empresario.
  • Retribuida: El trabajador percibe un salario pactado a cambio de su trabajo.

Derechos Fundamentales en el Ámbito Laboral

Los derechos fundamentales del trabajador incluyen:

  • No discriminación
  • Reunión
  • Libre sindicación
  • Huelga

Derechos y Libertades de los Ciudadanos en el Trabajo

Además de los fundamentales, los ciudadanos tienen otros derechos y libertades en el contexto laboral:

  • Trabajo y libre elección de profesión
  • Negociación colectiva
  • Adopción de medidas de conflicto colectivo
  • Participación en la empresa

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Principios del Derecho del Trabajo

El derecho del trabajo se rige por principios específicos que buscan proteger al trabajador:

  • Principio de norma más favorable: Si existen dos normas que se contradigan, se aplicará la más favorable al trabajador por ser la parte más débil en la relación laboral.
  • Principio de condición más beneficiosa: Los beneficios obtenidos en el contrato de trabajo han de ser respetados, aunque posteriormente se modifiquen esas condiciones de forma general.
  • Principio in dubio pro operario: Si existe duda en lo que respecta a la interpretación de una norma, debe aplicarse la más beneficiosa para el trabajador.
  • Principio de irrenunciabilidad de derechos: Los trabajadores no pueden renunciar a sus derechos laborales establecidos en leyes, convenios, etc.

Derechos y Deberes del Trabajador

Derechos del Trabajador

  • Ocupación efectiva
  • Promoción y formación profesional
  • Percepción puntual del salario
  • Información, consulta y participación en la empresa
  • Respeto a su intimidad
  • No discriminación
  • Ejercicio individual de acciones derivadas del contrato de trabajo
  • Huelga
  • Salvaguarda de su integridad física

Deberes del Trabajador

  • Obediencia: Realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario y observar las medidas de prevención de riesgos laborales.
  • Buena fe: La prestación laboral no ha de perjudicar al empresario, sino todo lo contrario.
  • Diligencia: Prestar los servicios con el cuidado y la rapidez suficientes.

Poderes del Empresario

El empresario, en el marco de la relación laboral, posee ciertos poderes:

  • Poder de dirección: Facultad de dictar órdenes sobre el modo, el tiempo y el lugar de ejecución del trabajo.
  • Poder disciplinario: Facultad del empresario para sancionar cuando se incumplen los deberes laborales.

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