Fundamentos del Derecho: Hecho, Acto y Negocio Jurídico Explicados
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Hecho, Acto y Negocio Jurídico
El nacimiento, la modificación o la extinción de las relaciones jurídicas se produce como consecuencia de ciertos hechos jurídicos, en virtud de un acto humano o como derivación de un acuerdo entre personas; es decir, por acontecimientos a los que el Derecho atribuye una consecuencia jurídica.
Un hecho es cualquier acontecimiento que se produce en la realidad. Un hecho jurídico es aquel acontecimiento que se produce en la realidad y tiene consecuencias jurídicas. Los hechos jurídicos pueden ser:
- Naturales
- Humanos o voluntarios
Estos se diferencian por el protagonismo de una persona en el acontecimiento. No todos los hechos son relevantes para el Derecho, aunque sí puede haber hechos independientes de la voluntad humana que sean importantes para el Derecho. Por ejemplo, en una tormenta, un rayo causa la caída de un árbol y esto produce la muerte de una persona; sucede sin un acto de la voluntad humana, pero se produce una consecuencia jurídica como es la presunción de muerte.
Por otro lado, los hechos humanos constituyen supuestos de hecho, pues normalmente producen consecuencias jurídicas, aunque a veces se produzcan sin la voluntad del sujeto (como en un estado de embriaguez).
Actos Jurídicos: La Voluntad en Acción
Los hechos humanos o voluntarios también reciben el nombre de actos jurídicos. Son conductas o actuaciones que la persona realiza de forma consciente y voluntaria, a las que el ordenamiento jurídico atribuye una consecuencia jurídica. Entonces, los hechos y los actos se identifican como circunstancias y actuaciones que constituyen la entrada en juego del Derecho positivo, que establece las consecuencias adecuadas para tales supuestos de hecho.
Negocios Jurídicos: La Autonomía de la Voluntad
La persona no tiene el poder de configurar las consecuencias jurídicas, porque estas están predeterminadas por la ley. Sin embargo, existen otros actos jurídicos cuyas consecuencias derivan precisamente de la voluntad de la persona que pretende obtener esos efectos jurídicos. En ese caso, estaríamos hablando de negocios jurídicos.
Según el BGB (Código Civil Alemán), el negocio jurídico es una declaración de voluntad privada, dirigida a la producción de un efecto jurídico, que se produce para el Derecho porque así se ha querido. Los negocios jurídicos se caracterizan por ser un acto de autonomía en virtud del cual los sujetos establecen los efectos jurídicos que desean, permitiéndoles autorregular sus propios intereses. Con ellos se produce una relación jurídica en base a los derechos de una parte y las obligaciones de otra.
La Relevancia de la Voluntad en el Derecho Privado
Cabe mencionar la relevancia que tiene la voluntad en el Derecho privado, pues la esencia de todo acto y negocio jurídico reside en la declaración de voluntad, que sería el acto de exteriorización, de dar a conocer a otros la voluntad del sujeto que la emite.