Fundamentos del Derecho Laboral: Características del Trabajo y Fuentes Normativas
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Características Fundamentales del Trabajo y el Derecho Laboral
El trabajo, en el contexto del Derecho Laboral, posee características esenciales que lo definen:
- Personal e insustituible: La prestación de servicios es de carácter personal e insustituible por parte del trabajador.
- Voluntario: El trabajador es libre de iniciar y poner fin a la relación laboral en cualquier momento, conforme a la normativa vigente.
- Por cuenta ajena: El trabajador presta sus servicios para otra persona (el empleador), a quien cede el fruto de su trabajo, recibiendo a cambio un salario o retribución.
- Dependiente: El empresario es quien organiza y dirige la actividad laboral, determinando cuándo, dónde y cómo ha de realizarse el trabajo.
- Retribuido: Toda actividad laboral debe ser remunerada, garantizando una contraprestación económica por los servicios prestados.
Fuentes del Derecho Laboral
Fuentes Internas
Las fuentes internas son aquellas normas y principios que emanan del propio ordenamiento jurídico nacional:
La Constitución Española de 1978
Es la norma suprema del ordenamiento jurídico español y prevalece sobre las demás leyes. Su contenido relevante para el Derecho Laboral se clasifica en tres partes principales:
- Derechos fundamentales.
- Derechos y libertades de los ciudadanos.
- Principios económicos y sociales.
Disposiciones Legales y Reglamentarias
La potestad de elaborar y aprobar las leyes en España corresponde a las Cortes Generales, mientras que el Gobierno puede dictar reglamentos para su desarrollo y ejecución.
Los Convenios Colectivos
Constituyen una fuente especial y distintiva del Derecho Laboral, inexistente en otros sectores del ordenamiento jurídico. Se definen como un acuerdo escrito y libremente negociado entre los representantes de los trabajadores y el empresario o asociaciones empresariales, con fuerza vinculante para las partes.
El Contrato de Trabajo
Es la manifestación del acuerdo de voluntades entre dos partes (trabajador y empleador), por el cual se establecen las condiciones de la relación laboral, siempre que no contengan cláusulas menos favorables para el trabajador que las establecidas por la ley o convenio colectivo.
Usos y Costumbres Locales y Profesionales
La ley se remite a una costumbre local o profesional para precisar el alcance de sus propias disposiciones, siempre que no sean contrarias a la ley, la moral o el orden público y resulten probadas.
Fuentes Externas
El Estado español, en su relación con otros países y organismos internacionales, asume una serie de obligaciones que resultan en la incorporación de normas externas que, una vez ratificadas, prevalecen sobre el derecho interno en su ámbito de aplicación.
Tratados Internacionales
Pasan a formar parte del ordenamiento jurídico español una vez aprobados y ratificados conforme a los procedimientos constitucionales y legales, y publicados oficialmente.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT)
Es un organismo especializado de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Su finalidad principal es promover acciones internacionales para mejorar las condiciones de trabajo y la justicia social a nivel mundial, a través de la elaboración de convenios y recomendaciones.
La Unión Europea (UE)
Tiene como objetivo, entre otros, elevar el nivel de vida de los trabajadores y equiparar las condiciones laborales en los Estados miembros. Esto se logra mediante la adopción de diversos instrumentos jurídicos:
- Reglamentos: De aplicación directa y obligatoria en todos los Estados miembros.
- Directivas: Obligan a los Estados miembros en cuanto al resultado, dejando a las autoridades nacionales la elección de la forma y los medios.
- Decisiones: Obligatorias en todos sus elementos para sus destinatarios.
- Recomendaciones: No vinculantes, invitan a adoptar una determinada conducta.
- Dictámenes: No vinculantes, expresan una opinión.