Fundamentos del Derecho Laboral: Características y Fuentes de Regulación

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El Trabajo Regulado por el Derecho Laboral

El trabajo regulado por esta rama del derecho se caracteriza por cumplir las siguientes notas esenciales:

  • Personal: El trabajo debe ser realizado por quien ha sido contratado, no pudiendo ser sustituido por otro.
  • Voluntario: La prestación de servicios es libre; nadie puede obligar al trabajador a ejercer su actividad.
  • Retribuido: Existe una contraprestación económica (salario) a cambio de la actividad laboral.
  • Prestado por cuenta ajena: El trabajador presta sus servicios para otra persona (el empresario), asumiendo este último los riesgos y beneficios de la actividad.
  • Subordinado al poder de organización y dirección del empresario: Implica que el trabajador debe seguir las instrucciones del empresario dentro del ámbito laboral. Por ejemplo, el empresario no puede ordenar al trabajador limpiar su coche particular, ya que excede el ámbito de trabajo.

Trabajos Excluidos de la Regulación Laboral

Ciertas actividades, aunque impliquen una prestación de servicios, quedan fuera del ámbito de aplicación del Derecho Laboral:

  • Prestaciones personales obligatorias: Como los servicios a la comunidad impuestos legalmente.
  • Consejeros y miembros de los organismos de administración: Actividades que no se realizan bajo el régimen de cuenta ajena o subordinación laboral.
  • Amistad o benevolencia: Trabajos realizados de forma voluntaria y desinteresada.
  • Trabajos familiares: Aquellos que se realizan entre parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, nietos, etc.), salvo prueba en contrario de la existencia de relación laboral.

Relaciones Laborales de Carácter Especial

Son aquellas relaciones que, si bien están reguladas por el Derecho Laboral, poseen características particulares que justifican una normativa específica. Entre ellas se encuentran:

  • Personal de alta dirección.
  • Empleados del hogar.
  • Penados (trabajo en centros penitenciarios).
  • Deportistas profesionales de alto rendimiento.
  • Personas con discapacidad que trabajen en centros especiales de empleo.

Las Fuentes del Derecho del Trabajo

Las fuentes del Derecho del Trabajo son las normas del ordenamiento jurídico laboral que regulan las relaciones entre trabajadores y empresarios.

Fuentes Internas

Son aquellas elaboradas por el poder legislativo (Parlamento) o ejecutivo (Gobierno) de cada país, por los trabajadores y empresarios o sus representantes, y por las colectividades laborales. Su orden de jerarquía es fundamental:

  1. La Constitución: Es la ley suprema y ninguna otra norma puede ir en su contra.
  2. Las Leyes (Orgánicas y Ordinarias).
  3. El Convenio Colectivo: Acuerdo negociado entre representantes de trabajadores y empresarios.
  4. El Contrato de Trabajo: Acuerdo individual entre el empresario y el trabajador.
  5. Las Costumbres: Prácticas laborales locales y profesionales.

Fuentes Internacionales y Supranacionales

Estas fuentes tienen un papel creciente en la regulación laboral:

  • Los Reglamentos y las Directivas de la Unión Europea: Normativa emanada del Parlamento y el Consejo Europeo.
  • Los Convenios y las Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
  • Los Tratados o Convenios Internacionales ratificados por el país.

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