Fundamentos del Derecho Laboral: Conceptos, Fuentes y Principios Clave en España
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Fundamentos del Derecho Laboral y sus Principios Clave
1. El Trabajo y el Derecho Laboral
El Derecho Laboral regula las relaciones entre trabajadores y empleadores. Para que una actividad sea considerada trabajo bajo esta normativa, debe cumplir con las siguientes características esenciales:
- Personal: El trabajo debe ser ejercido directamente por la persona acordada en el contrato, no pudiendo ser sustituida por otra.
- Voluntario: El trabajador debe mantener su libertad durante todo el desarrollo de la relación laboral, sin coacción.
- Por cuenta ajena: El trabajador presta sus servicios para otra persona o entidad, cediendo el fruto de su trabajo a cambio de un salario.
- Dependiente: El empresario es quien organiza y dirige la prestación del trabajo, estableciendo cuándo, dónde y cómo debe realizarse.
Actividades Excluidas del Ámbito Laboral
Ciertas actividades, aunque impliquen una prestación de servicios, no se rigen por el Derecho Laboral común debido a su naturaleza específica:
- El trabajo desempeñado por los funcionarios públicos.
- Las prestaciones personales obligatorias.
- Los trabajos familiares.
Relaciones Laborales Especiales
Existen relaciones laborales que, por sus particularidades, se regulan por normativas específicas dentro del Derecho Laboral:
- Personal de alta dirección.
- Empleados al servicio del hogar familiar.
- Deportistas profesionales.
- Representantes de comercio.
1.1. Las Fuentes del Derecho Laboral
Las fuentes del Derecho Laboral son el origen de las normas jurídicas que lo componen e indican cuál de estas debe aplicarse en cada caso concreto. Estas normas se ordenan de manera jerárquica, de menor a mayor rango, garantizando la coherencia y primacía de las de mayor nivel.
1.2. Fuentes Externas del Derecho Laboral
El Estado español asume una serie de obligaciones internacionales que, como resultado, incorporan normas al ordenamiento jurídico español. Las principales fuentes externas son:
- A. Los Tratados Internacionales: Acuerdos suscritos por España con otros países u organizaciones internacionales. No pueden contradecir la Constitución Española.
- B. La Organización Internacional del Trabajo (OIT): Es un organismo especializado de la ONU que establece normas internacionales del trabajo (convenios y recomendaciones) para mejorar las condiciones laborales a nivel global.
- C. La Unión Europea: Las actuaciones en materia laboral de la Unión Europea se enmarcan en la llamada Dimensión Social Europea, que busca armonizar y mejorar las condiciones de trabajo y vida en los estados miembros a través de directivas y reglamentos.
1.4. Principios para la Aplicación de las Normas Laborales
Para la correcta interpretación y aplicación de las normas laborales, se utilizan una serie de principios fundamentales que buscan proteger al trabajador:
- Principio de Norma Mínima: Las normas laborales de inferior rango pueden establecer condiciones de trabajo más beneficiosas que la norma superior, pero nunca inferiores.
- Principio de Norma Más Favorable: Cuando existen dos o más normas aplicables a un mismo supuesto, cualquiera que sea su rango, se aplica aquella que resulte más beneficiosa para el trabajador.
- Principio de Irrenunciabilidad de Derechos: Los trabajadores no pueden renunciar válidamente a los derechos que tengan reconocidos en las normas legales y convenios colectivos.
- Principio de Condición Más Beneficiosa: Si una norma laboral posterior establece condiciones peores que las contenidas en contratos individuales o acuerdos previos, prevalecen las condiciones más beneficiosas ya adquiridas por el trabajador.
- Principio In Dubio Pro Operario: En caso de duda sobre la interpretación o aplicación de una norma, los tribunales deben interpretarla de la forma que resulte más beneficiosa para el trabajador.