Fundamentos del Derecho Laboral: Derechos, Obligaciones y Poderes Empresariales

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Principios Fundamentales del Derecho Laboral

16. Principio de Norma Mínima

Este principio significa que las normas de rango superior establecen el contenido mínimo de las normas inferiores. Una norma inferior no puede empeorar una norma superior; en todo caso, puede mejorarla.

17. Diferencia entre el Principio de Norma Más Favorable y el Principio In Dubio Pro Operario

  • El Principio de Norma Más Favorable establece que, en caso de conflicto entre dos o más normas, se aplicará la más favorable para el trabajador, aunque sea de rango inferior.
  • El Principio In Dubio Pro Operario, en caso de duda sobre la aplicación de una norma, esta se interpretará de la manera más beneficiosa para el trabajador.

Derechos y Obligaciones Laborales

18. Cuatro Derechos Básicos del Trabajador

  • Derecho al Trabajo y Libre Elección de Profesión.
  • Libre Sindicación.
  • Derecho de Reunión.
  • Derecho de Huelga.

19. Cuatro Obligaciones Laborales de los Trabajadores

  • Cumplir las obligaciones inherentes al puesto de trabajo.
  • Observar las medidas de prevención de riesgos laborales.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario.
  • Contribuir a la mejora de la productividad de la empresa.

Poderes del Empresario

20. Poder de Dirección y Poder Disciplinario

  • Poder de Dirección: Facultad del empresario para organizar el trabajo y disponer la organización del trabajador.
  • Poder Disciplinario: Facultad del empresario para sancionar al trabajador cuando incumple sus deberes laborales.

21. Tipos de Sanciones y su Prescripción

Las sanciones se clasifican en:

  • Leves: Prescriben a los 10 días.
  • Graves: Prescriben a los 20 días.
  • Muy Graves: Prescriben a los 60 días.

Las sanciones prescribirán a partir del momento en que la empresa tenga conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los 6 meses.

22. Sanciones Prohibidas

No se podrán imponer sanciones que consistan en la reducción de los tiempos de descanso o vacaciones, ni multas de haber (descuentos salariales en concepto de sanción).

23. Requisitos para la Videovigilancia de Empleados

Para que el empresario pueda vigilar a los empleados con cámaras, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • El trabajador debe ser informado de que está siendo grabado. Se considera suficiente la señalización de las cámaras y su finalidad.
  • No se permite la videovigilancia en zonas excluidas, como vestuarios, servicios, comedores o zonas de descanso.
  • No está autorizada la instalación de sistemas de audio o micrófonos.

24. Requisitos para el Registro de Trabajadores

El empresario puede registrar a sus trabajadores si se cumplen las siguientes condiciones:

  • Cuando sean necesarios para la protección del patrimonio empresarial y de los demás trabajadores.
  • Debe realizarse con el máximo respeto a la intimidad y dignidad de los trabajadores.
  • Con la presencia del trabajador y de un representante legal de los trabajadores (o, en su ausencia, de otro trabajador).
  • Deben realizarse en el centro de trabajo y en horario laboral.

25. Vigilancia de la Salud del Trabajador por el Empresario

(Información sobre este punto no proporcionada en el documento original)

Órganos de Control y Jerarquía Judicial Laboral

26. Inspección de Trabajo

La Inspección de Trabajo es el principal órgano de control de la normativa laboral. Los inspectores pueden entrar libremente en los centros de trabajo, ya sea por iniciativa propia o por denuncia de cualquier persona.

27. Pirámide de la Jerarquía Judicial Laboral

La estructura judicial laboral, de arriba abajo, es la siguiente:

  • Tribunal Supremo
  • Audiencia Nacional
  • Tribunales Superiores de Justicia (CCAA)
  • Juzgados de lo Social

28. Diferencia entre Juzgado y Tribunal

  • En un juzgado, el juez es la persona que ostenta el cargo más alto.
  • En los tribunales, hay varios magistrados que controlan las comparecencias y resuelven los recursos interpuestos contra las sentencias de primera instancia.

29. Órganos Laborales por Localidad

  • Cádiz: Juzgado de lo Social.
  • Madrid: Juzgado de lo Social, Tribunales Superiores de Justicia, Audiencia Nacional y Tribunal Supremo.
  • Barcelona: Juzgado de lo Social y Tribunales Superiores de Justicia.

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