Fundamentos del Derecho Laboral y Principios de la Relación de Dependencia
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Conceptos Fundamentales del Derecho
Derecho objetivo: Es el conjunto de normas jurídicas impuestas por la institución nacional para regular las normas sociales. (Ejemplo: la Constitución Nacional).
Derecho subjetivo: Es la facultad o la aptitud que tienen las personas de actuar libremente, sin afectar a terceros. (Ejemplos: transitar libremente, libertad de culto, derecho de aprender).
Clasificación del Derecho
Derecho público: Protege la cobertura al interés general y garantiza el bien común. En este ámbito, el Estado ocupa un escalón superior. Ejemplos: derecho constitucional, penal, tributario, administrativo, etc.
Derecho privado: Protege los intereses individuales de la persona dentro de la comunidad. El Estado y los particulares se encuentran en el mismo plano. Ejemplos: derecho civil (matrimonio, donación), comercial (compra-venta mercantil) y laboral.
El Derecho Laboral y la Relación de Dependencia
El Derecho laboral regula las relaciones jurídicas que se establecen entre una parte llamada empleador (empresario o patrón) y otra llamada trabajador. El empleador, a cambio de la prestación de servicios, realización de tareas o ejecución de obras, abona una remuneración al operario, empleado u obrero. Este último se encuentra en una relación de dependencia respecto del primero durante un lapso de tiempo indeterminado (permanente) o determinado (plazo preestablecido).
Tipos de Trabajo
- Autónomo: Se basa en la locación de servicios.
- Subordinado: Regido por la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (LCT). Se aplica a trabajadores en relación de dependencia.
- Meritorio: Realizado de forma voluntaria.
Excepciones a la Ley de Contrato de Trabajo
No se rigen por la LCT los siguientes colectivos:
- Empleados públicos (sujetos al derecho administrativo).
- Personal de casas particulares.
- Trabajador agrario o rural.
Indemnizaciones y Derecho Común
En el derecho común (equivalente al civil), se tratan los daños y perjuicios. Cuando no se aplican daños y perjuicios, corresponde una indemnización que no podrá ser menor al importe de un mes de la remuneración que se hubiere convenido, o lo que resulte de la aplicación de los convenios colectivos.
Principios Generales del Derecho del Trabajo
Funciones de los Principios
- Son un elemento de integración jurídica.
- Conforman una regla que orienta e integra la interpretación de las normas.
- Evitan desvíos y preservan la unidad sistemática del ordenamiento.
Enumeración de los Principios
- Principio Protectorio: Otorga una cobertura legal a la relación jurídica entablada entre el empleador y el empleado. La norma tutela a las partes contratantes. De este se desprenden reglas fundamentales:
- Regla de la norma o condición más beneficiosa: (Artículos 7 y 8 de la LCT).
- Regla "in dubio pro operario": En caso de duda, se falla a favor del trabajador (Artículo 9 de la LCT).
- Continuidad contractual: (Artículo 10 de la LCT). En caso de duda, se debe resolver a favor de la continuidad del contrato de trabajo.
- Justicia social: (Artículo 11 de la LCT). Consiste en dar a cada uno lo suyo en función de procurar el bien común y el bienestar general.
- Equidad: (Artículo 11 de la LCT). El juez debe ser equitativo, imparcial y no arbitrario, manteniendo una igual distancia entre las partes.
- Buena fe: (Artículos 11 y 63 de la LCT). Los contratos se celebran, ejecutan, desarrollan y extinguen de buena fe. Se presume que las partes actúan como sujetos correctos: un empleado eficiente y un empleador responsable e idóneo. En caso de mala fe, esta debe ser probada.