Fundamentos del Derecho Laboral: Relaciones, Fuentes y Jerarquía Normativa
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Tipos de Relaciones Laborales
Relación Laboral
Regulada por el Derecho Laboral, se caracteriza por ser:
- Personal: El trabajador realiza el trabajo por sí mismo.
- Voluntaria: Existe un consentimiento libre para establecer la relación.
- Retribuida: El trabajador recibe un salario a cambio de su trabajo.
- Por cuenta ajena: El trabajador no asume los riesgos de la actividad empresarial y los frutos de su trabajo pertenecen al empleador (ajenidad en los frutos).
- Dependiente/Subordinada: El empresario organiza el trabajo y establece las normas, ejerciendo poder de dirección.
Relación No Laboral o Excluida
Son aquellas que, aunque implican la prestación de un servicio, no cumplen con todas las características de una relación laboral y, por tanto, se rigen por otras normas específicas, no por el Derecho Laboral. Ejemplos:
- Funcionarios públicos: Regulados por el Derecho Administrativo.
- Prestaciones personales obligatorias: Como la colaboración social, que no tienen carácter retribuido en el sentido laboral.
- Trabajos de amistad, benevolencia y buena vecindad: Realizados sin ánimo de lucro ni retribución económica.
- Trabajos familiares: Realizados por cónyuges, descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, que convivan con el empresario y dependan de él, salvo prueba en contrario de la condición de asalariados.
- Agentes comerciales: Cuando asumen el riesgo y ventura de sus operaciones, sin dependencia ni ajenidad.
- Trabajadores autónomos: Aquellos que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y por cuenta propia, sin sujeción a contrato de trabajo.
Relaciones Laborales de Carácter Especial
Son relaciones laborales que, aunque se rigen por el Derecho Laboral, tienen normas específicas debido a sus particularidades. Ejemplos:
- Personal de alta dirección.
- Servicio del hogar familiar.
- Penados en instituciones penitenciarias.
- Deportistas profesionales.
- Artistas en espectáculos públicos.
- Representantes de comercio que no asumen el riesgo y ventura de las operaciones.
- Trabajadores con discapacidad en centros especiales de empleo.
- Estibadores portuarios.
Fuentes del Derecho Laboral
Fuentes Internas
Poder Legislativo
- La Constitución Española: Norma suprema que establece los derechos fundamentales, derechos y deberes de los ciudadanos, y principios rectores de la política económica y social.
- Leyes Orgánicas: Regulan los derechos fundamentales y las libertades públicas, así como otras materias reservadas por la Constitución.
- Leyes Ordinarias: Regulan el resto de materias no reservadas a Ley Orgánica.
Poder Ejecutivo
- Decretos Legislativos: Normas con rango de ley dictadas por el Gobierno en virtud de una delegación expresa de las Cortes Generales.
- Decretos-Leyes: Normas con rango de ley dictadas por el Gobierno en casos de extraordinaria y urgente necesidad, que deben ser convalidadas por el Congreso en el plazo de 30 días.
Órganos Administrativos Inferiores
- Reales Decretos: Normas aprobadas por el Consejo de Ministros.
- Órdenes de las Comisiones Delegadas del Gobierno: Aprobadas por grupos de ministros.
- Órdenes Ministeriales: Aprobadas por un único ministro.
- Resoluciones: Dictadas por Direcciones Generales u otros órganos administrativos inferiores.
Otras Fuentes Internas Específicas
- Convenio Colectivo: Acuerdo escrito negociado entre los representantes de los trabajadores y los empresarios para regular las condiciones de trabajo y productividad.
- Contrato de Trabajo: Acuerdo individual entre el trabajador y el empresario que establece las condiciones específicas de la relación laboral.
- Usos y Costumbres Laborales: Normas no escritas que se aplican en defecto de ley, convenio o contrato, siempre que sean locales y profesionales.
Fuentes Externas
- Tratados Bilaterales o Multilaterales: Acuerdos internacionales que, una vez aprobados por las Cortes Generales y publicados en el BOE, forman parte del ordenamiento jurídico interno.
- Convenios de la OIT (Organización Internacional del Trabajo): Normas internacionales del trabajo que, una vez ratificadas por España, son de obligado cumplimiento.
- Reglamentos de la Unión Europea: Normas de obligado cumplimiento y directamente aplicables en todos los Estados miembros.
Jerarquía Normativa en el Derecho Laboral
El ordenamiento jurídico laboral sigue un principio de jerarquía, donde la norma de rango superior prevalece sobre la inferior:
- La Constitución Española: Norma suprema.
- Reglamentos de la Unión Europea y Tratados Internacionales: Una vez ratificados y publicados en el BOE, tienen primacía sobre las leyes internas en su ámbito de aplicación.
- Leyes (Orgánicas, Ordinarias, Decretos-Leyes y Decretos Legislativos): Normas con rango de ley.
- Reglamentos: Normas de rango inferior a la ley (Reales Decretos, Órdenes Ministeriales, etc.).
- Convenio Colectivo: Norma pactada que regula las condiciones de trabajo.
- Contrato de Trabajo: Acuerdo individual que no puede contradecir normas de rango superior.
- Usos y Costumbres Laborales: Se aplican en defecto de ley, convenio o contrato.