Fundamentos del Derecho: Normas Jurídicas, Características y Principios del Ordenamiento
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El Concepto Fundamental del Derecho
El Derecho es el conjunto de normas jurídicas, sustentadas en un ideal de justicia, que tienen como fin regular la convivencia entre los miembros de una sociedad (las personas) y de estos con el Estado.
Clasificación y Tipos de Normas
Los juicios que constituyen el mundo normativo rigen la conducta del ser humano en sociedad y se establecen de acuerdo al medio social al que se aplican. Por ello, existen diversas categorías de normas:
- Normas Jurídicas
- Normas Morales
- Normas Religiosas
- Normas de Trato Social (o Convencionales)
Normas Morales
Son aquellas que el ser humano realiza de forma consciente, libre y responsable con el propósito de hacer el bien. Son propias de la acción humana y, en caso de incumplimiento, la sanción es el remordimiento de conciencia.
Normas Religiosas
Están integradas por el conjunto de preceptos manifestados al ser humano por una divinidad (Dios).
Normas de Trato Social (Convencionales)
Son reglas creadas por la sociedad cuyo incumplimiento trae consigo el rechazo o la reprobación por parte del grupo social. Entre estas reglas podemos citar la cortesía, los buenos modales o la moda.
Normas Jurídicas
Son reglas de conducta de carácter obligatorio que han sido creadas por un órgano reconocido por el Estado. Su incumplimiento trae como consecuencia la aplicación de la fuerza (coercitivamente).
En esta clase de normas, la voluntad del sujeto es irrelevante para su cumplimiento, ya que es indiferente que esté de acuerdo o no en acatarlas. La característica esencial de las normas jurídicas es la obligatoriedad y la posibilidad que tiene la autoridad de hacerlas cumplir por medio de la fuerza.
Características Esenciales de las Normas
- Bilateralidad
- Se imponen deberes y se conceden facultades, por lo que existen dos o más partes. El sujeto con la obligación (deber de dar, hacer o no hacer) es el sujeto pasivo (deudor), mientras que el otro sujeto tiene la facultad de exigir o reclamar el cumplimiento del deber, siendo el sujeto activo (acreedor, derechohabiente). Los derechos y deberes son recíprocos.
- Exterioridad
- Corresponde a la conducta que manifiesta el sujeto de manera exterior. Regula el comportamiento objetivo visible. El Derecho se conforma con la simple concordancia entre la conducta establecida y el precepto (norma).
- Unilateralidad
- Frente a un sujeto obligado (pasivo) no hay otro sujeto facultado para exigir coactivamente el cumplimiento del deber (característica propia de las normas morales o religiosas).
El Orden Jurídico y sus Principios de Coherencia
El Orden Jurídico es el conjunto de normas jurídicas que configuran un ordenamiento dotado de unidad y coherencia, propio de cada Estado en un momento determinado. Estas normas están sujetas a tres principios lógicos fundamentales para la resolución de antinomias (no contradicción):
Principio de Jerarquía (Lex Superior Derogat Legi Inferiori)
Cuando exista contradicción entre dos normas de distinta jerarquía, la norma superior prima sobre la inferior.
Principio de Derogación (Lex Posterior Derogat Legi Priori)
Cuando exista contradicción entre dos normas de la misma jerarquía provenientes del mismo órgano, la norma posterior en el tiempo deroga a la anterior.
Principio de Competencia
Cuando exista contradicción entre dos normas de igual jerarquía emanadas de distintos órganos, prima la norma dictada por el órgano competente.