Fundamentos del Derecho de Obligaciones: Conceptos, Fuentes y Extinción
El Régimen Jurídico de las Obligaciones
Concepto de Obligación
La obligación es la existencia de un vínculo jurídico por el cual una persona puede exigir a otra la entrega de una cosa, o la prestación o no de un servicio. Esta se denomina obligación.
Elementos de la Obligación
Para que exista una obligación, deben concurrir los siguientes elementos:
- Sujeto Activo (Acreedor): Es quien tiene derecho a exigir el cumplimiento, ya que es titular de un crédito.
- Sujeto Pasivo (Deudor): Es quien debe cumplir, pues recae sobre él una deuda.
- Objeto (Motivo de la Obligación): Debe ser lícito y estar dentro del mercado.
Fuentes de las Obligaciones
Las obligaciones pueden surgir de diversas fuentes:
- Contrato
- Acuerdo entre las partes que crea una obligación.
- Cuasicontrato
- Acto de la voluntad de alguien para realizar un contrato, sin que exista un acuerdo formal previo.
- Delito
- Acción generada por las leyes; quienes la ejecuten estarán obligados a responder.
- Cuasidelito
- Hechos cometidos con el fin de causar daño, generando una obligación de reparación.
- Ley
- Disposiciones legales que crean obligaciones de cumplimiento forzoso.
Clasificación de las Obligaciones
1. Por su Naturaleza
- Naturales: No tienen acción para exigir su cumplimiento (no son judicialmente exigibles).
- Civiles: Son exigibles mediante acción legal.
2. En cuanto a su Objeto
- De Dar: Tienen por objeto la entrega de una cosa mueble o inmueble para constituir sobre ella derechos reales o transferir su uso.
- De Hacer: Cuando la prestación consiste en la realización de un hecho (ejemplo: contrato de trabajo).
- De No Hacer: El deudor se compromete a no realizar algo.
3. Por la Pluralidad de Objeto o Sujetos
- Mancomunadas: Las que tienen más de un acreedor o deudor. El objeto es una sola prestación.
- Simplemente Mancomunadas: La obligación se divide y cada deudor está obligado solo por su parte.
- Solidarias: Cada acreedor puede exigir a cualquiera de los deudores la totalidad de la deuda.
- Divisibles: Permiten el cumplimiento parcial de la entrega.
- Indivisibles: La naturaleza de la obligación impide un cumplimiento parcial.
Efectos de las Obligaciones
El efecto inmediato es cumplir con la obligación en el tiempo, lugar y forma pactados; es decir, el deudor debe cumplir tal como se obligó. Si no lo hace, cae en lo que llamamos Mora. La Mora se produce por el solo vencimiento del plazo.
Modos de Extinción de las Obligaciones
Una obligación puede extinguirse por diversas causas:
- Novación: Cuando el acreedor y el deudor acuerdan extinguir una obligación preexistente, sustituyéndola por una nueva.
- Transacción: Acto por el cual las partes, haciendo concesiones recíprocas, extinguen obligaciones litigiosas o dudosas.
- Compensación: Cuando dos personas se reúnen en calidad de acreedor y deudor recíprocamente, extinguiendo las deudas hasta el monto concurrente.
- Confusión: Cuando la misma persona reúne la calidad del deudor y acreedor.
- Renuncia: Declaración por la cual una persona abandona la obligación.
- Remisión de Deuda: Es la renuncia específica del acreedor a su derecho de crédito.
- Imposibilidad de Pago: Cuando el cumplimiento de la prestación se vuelve imposible para el deudor por causas no imputables a él.
- Pago: Significa el cumplimiento efectivo de la obligación.
- Prescripción: Se extingue la acción para exigir la obligación por el transcurso del tiempo establecido por la ley.