Fundamentos del Derecho de Obligaciones: Tipos, Extinción e Incumplimiento Contractual

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Régimen Jurídico de las Obligaciones

La Prestación y su Objeto

La obligación consiste en una prestación que puede ser:

  • Dar: (Ejemplo: dinero).
  • Hacer: (Ejemplo: derecho laboral).
  • Prestar: (Ejemplo: el avalista responde por el deudor).

Requisitos del Objeto de la Prestación

El objeto de la prestación debe ser:

  • Posible.
  • Determinado.
  • Lícito.

Clasificación de las Obligaciones según el Objeto

  • Divisibles e Indivisibles.
  • Genéricas y Específicas.
  • Alternativas: Se ofrecen varias alternativas en el contrato.
  • Facultativas: El deudor puede modificar la prestación justo antes de la firma porque no se puede pagar la original.

Clasificación de las Obligaciones según el Sujeto

  • Parciarias o Mancomunadas: El pago se realiza a todos por igual.
  • Solidarias o Cumulativas: El pago se realiza a uno y este actúa por todos.

Fuentes de las Obligaciones

Las obligaciones nacen de:

  • La Ley.
  • Los Contratos.
  • Los Cuasicontratos.
  • El Delito.
  • El Cuasidelito.

Cumplimiento y Extinción de las Obligaciones

Cumplimiento

El cumplimiento de las obligaciones se realiza mediante el pago, que debe considerar al acreedor, al deudor, el tiempo y el lugar.

Formas de Extinción

  • Compensación de Créditos y Deudas: Las mismas personas se deben cosas recíprocamente.
  • Novación: Sustitución de una obligación por otra (Ejemplo: quiero vender mi piso y no se vende, se cambia la obligación).
  • Confusión de Personas: Nadie puede deberse nada a sí mismo (la calidad de acreedor y deudor recae en la misma persona).
  • Condonación: Perdonar la deuda.
  • Desaparición del Objeto: La cosa debida se quema o destruye.
  • Imposibilidad Sobrevivida: La prestación se vuelve imposible de cumplir después de haberse comprometido.

Incumplimiento de las Obligaciones

Incumplimiento Propio (Definitivo)

Involuntario (Exención de Responsabilidad)

  • Fuerza Mayor: Provoca la exención del deudor (catástrofes naturales, eventos previstos que no se pueden evitar).
  • Caso Fortuito: Evento que, si se hubiera previsto, se hubiera podido evitar.

Voluntario (Responsabilidad del Deudor)

  • Culpa: Se clasifica en: Levísima, Leve y Lata.
  • Dolo: Conducta antijurídica, prevista, maliciosa y planificada.

Incumplimiento Impropio (Mora)

Mora (Retraso Injustificado)

  • Mora Debitoris: El deudor se retrasa (Ejemplo: se acerca el final del contrato y quedan letras por pagar).
  • Mora Creditoris: El acreedor no quiere o se niega a cobrar.

Sistema Contractual

Contratos Reales

Se perfeccionan con la entrega de la cosa (traspaso de la posesión).

Mutuo

  • Traspasa la posesión.
  • Unilateral.
  • Intervienen el Mutuante y el Mutuario.
  • Es un préstamo de consumo (dinero).
  • Implica la devolución tantundem (del mismo género, especie y cantidad).

Comodato

  • Traspasa la posesión.
  • Bilateral.
  • Intervienen el Comodante y el Comodatario.
  • Es un préstamo de uso.
  • Implica la devolución de la cosa en el mismo estado.

Depósito

  • Traspasa la posesión.
  • Bilateral.
  • Intervienen el Depositante y el Depositario.
  • Su finalidad es la custodia y conservación.
  • Implica la devolución de la cosa contra reembolso de gastos.

Prenda

  • Subsidiario (accesorio).
  • Intervienen el Acreedor y el Deudor.
  • Es un contrato de garantía.
  • Garantiza una deuda principal.

Contratos Consensuales

Se perfeccionan por el mero consentimiento.

Compraventa

  • Bilateral perfecto, oneroso.
  • Intervienen el Comprador y el Vendedor.
  • Consiste en el intercambio de cosa por precio.
  • Genera responsabilidad por cumplimiento.
  • Puede incluir pactos (Ejemplo: evicción o vicios ocultos).

Arrendamiento

  • Oneroso, bilateral perfecto.
  • Intervienen el Arrendador y el Arrendatario.
  • Objeto: servicio, cosa u obra por precio.
  • Implica la realización del servicio/obra y el pago del precio acordado.

Sociedad

  • Oneroso, plurilateral.
  • Intervienen los Socios.
  • Se rige por estatutos constitutivos.
  • Busca la consecución de un fin común.
  • Se extingue cuando el objeto común es cumplido.

Mandato

  • Se realiza en interés ajeno.
  • Intervienen el Mandante y el Mandatario.
  • Consiste en la realización de un encargo ajeno.
  • Implica el reembolso de gastos por el encargo.

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