Fundamentos del Derecho: Ordenamiento Jurídico, Validez Normativa y Hermenéutica

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Fundamentos del Ordenamiento Jurídico: Norma, Conducta y Sistema

La norma es la consecuencia de las reglas de conducta. El hombre responde en su comportamiento a la existencia de normas de diversas naturalezas. Estas normas se encuentran organizadas o agrupadas, dando origen a lo que se denomina ordenamiento jurídico.

Pertenencia y Validez de las Normas

Las normas pertenecen a un conjunto normativo porque hay un elemento común entre todas las que lo integran, creando un vínculo de unión que consiste en la **razón de validez**, la cual indica la pertenencia a un determinado sistema normativo.

Jerarquía de las Reglas de Conducta

Las reglas de conducta valen por cuanto existe una norma superior en la cual ellas se fundan (Ejemplo: la Constitución, los Códigos, los Reglamentos).

La Teoría Pura del Derecho según Hans Kelsen

El jurista **Hans Kelsen** expresó que todas las normas cuya validez puede ser referida a una misma norma fundamental constituyen un orden o sistema normativo.

Regulación de la Conducta Humana

La conducta se encuentra regulada por normas de diversas naturalezas. El hombre tiene dos tipos de comportamiento:

  • Interno o Intrínseco: Obra con sus cosas subjetivas.
  • Externo: Obra con cosas objetivas, cumpliendo una actividad que se ventila en su relación con las demás personas.

Tipos de Ordenamiento

En el mundo existen dos tipos de ordenamiento: el de tipo moral y el de tipo social.

Ordenamiento de Tipo Moral

Según el jurista **Preciado Hernández**, el ordenamiento de tipo moral se define como aquellas normas que se formulan imperativamente de los deberes ordenados al bien personal del hombre, considerando esto un acto individual.

Ordenamiento de Tipo Social (Derecho)

El ordenamiento de tipo social está representado por el derecho en la sociedad. Este tiene que ver directamente no con la perfección interna del individuo, sino con que la actividad del individuo sea tal que haga posible la vida en común.

La Hermenéutica Jurídica

El término **Hermenéutica** proviene del griego y significa declarar, anunciar, esclarecer y traducir. Por lo tanto, la hermenéutica se encarga de que alguna cosa sea vuelta comprensible o llevada a la comprensión. Es la disciplina encargada de proveer métodos para la correcta interpretación, así como de estudiar cualquier interpretación humana.

Características de la Hermenéutica

  1. El ser humano, por su naturaleza, es interpretativo.
  2. El círculo hermenéutico es infinito, ya que no existe una verdad única, sino que la hermenéutica establece la verdad.
  3. Es deconstructiva, porque solo deconstruyendo la vida se reconstruirá de otra manera.

El Hermetismo

El **Hermetismo** viene a ser el punto que afirma lo hermético, el cual proviene de la escuela instituida en Egipto y que debe su nombre a Hermes Trismegisto.

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