Fundamentos del Derecho del Trabajo: Requisitos de la Relación Laboral, Trabajador y Empresario

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El Derecho del Trabajo: Concepto y Objeto

Realidad Social y Regulación de la Relación Laboral (T.5, 5.1)

El Derecho del Trabajo regula la relación que surge entre dos sujetos principales: el trabajador por cuenta ajena y el empresario. Como concepto, es la rama del ordenamiento jurídico que regula las relaciones jurídicas derivadas del trabajo.

El objeto del Derecho del Trabajo es la ordenación de las relaciones jurídicas derivadas de la prestación de servicios.

Materias que Abarca el Derecho del Trabajo

  1. Derecho Individual: Se centra en la relación singular entre trabajador y empresario.
    • Contrato de trabajo.
    • Condiciones de trabajo.
    • Materias relativas a la prevención de riesgos laborales.
  2. Derecho Colectivo: Se centra en las relaciones entre grupos de trabajadores y el empresario.
    • Representación unitaria o sindical.
    • Negociación colectiva.
    • Participación de trabajadores en la vida de la empresa.
    • Regulación de los conflictos colectivos.

Requisitos Imprescindibles de la Relación Laboral

Para que exista una relación laboral, deben concurrir los siguientes requisitos de manera simultánea (si faltase alguno, no habría relación laboral):

  1. Personal: La prestación debe ser realizada por el trabajador personalmente.
  2. Voluntaria: La prestación de servicios es libremente aceptada.
  3. Por Cuenta Ajena (Ajenidad en los frutos): El resultado del trabajo revierte en el empresario, quien asume el riesgo.
  4. Retribuida: El trabajador recibe un salario o contraprestación económica.
  5. Dependiente (Ajenidad en la organización): El trabajador se somete al círculo organizativo y directivo del empleador.

Objetivos del Derecho del Trabajo

Los objetivos principales del Derecho del Trabajo son:

  • Regular los derechos y obligaciones de las partes.
  • Regular todo lo referente al salario, horario y demás condiciones laborales.
  • Regularizar y resolver posibles conflictos que puedan surgir.

El Trabajador por Cuenta Ajena

Definición y Rasgos Identificadores (5.2)

Según el Artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores (ET), el trabajador es aquel que voluntariamente presta servicios retribuidos bajo la dirección de un empleador.

Los rasgos identificadores para definir al trabajador por cuenta ajena son:

  1. Trabajador persona física.
  2. Voluntariedad.
  3. Retribuido.
  4. Por cuenta ajena.
  5. Dependencia.

Cuando se cumplen estos cinco requisitos, se está ante un trabajador por cuenta ajena.

Capacidad para Contratar (Art. 7 ET)

El Artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores establece que la capacidad para contratar y la capacidad para obrar se rigen por el Código Civil. Se requiere ser mayor de 18 años, a no ser que se sea mayor de 16 y se esté emancipado o se cuente con la debida autorización legal.

Tipos de Trabajadores Autónomos

Se pueden distinguir las siguientes categorías:

  1. Trabajador autónomo clásico.
  2. Trabajador autónomo dependiente (TRADE).
  3. Socios de cooperativas.

El Empresario

Definición (5.3)

Según el Artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores, empresario es aquella persona física, jurídica o comunidad de bienes bajo cuya organización se efectúa la prestación voluntaria y retribuida de servicios de los trabajadores.

La Comunidad de Bienes es un sujeto de derecho que, sin tener personalidad jurídica propia, puede actuar como empresario y contratar los servicios de trabajadores.

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