Fundamentos del Derecho Tributario en la Constitución Española
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Principios Constitucionales del Sistema Tributario Español
El artículo 31 de la Constitución Española (CE) establece los pilares del sistema tributario:
"1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio. 2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía. 3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley."
Principio de Capacidad Económica
Este principio es la regla básica para la distribución de la carga tributaria. La tributación según la capacidad económica es el objetivo principal, y los demás principios actúan como instrumentos para lograrlo. Este principio tiene tres funciones esenciales:
- Fundamento de la imposición.
- Límite para el legislador en el ejercicio de su poder tributario.
- Programa u orientación para el legislador en el uso de ese poder.
Principio de Igualdad
La Constitución proclama la igualdad junto a la libertad, la justicia y el pluralismo político. Este principio se desarrolla en varias direcciones:
- Igualdad formal ante la ley (Art. 14 CE).
- Igualdad sustancial y el deber de los poderes públicos de promover las condiciones para hacerla efectiva (Art. 9 CE).
El Tribunal Constitucional (TC) ha subrayado la importancia de este principio como un valor a promover con medidas fiscales que corrijan las desigualdades existentes en la sociedad.
Principio de Generalidad
Este principio está conectado con el de igualdad, prohibiendo discriminaciones o privilegios fiscales. Se encuentra en la Ley General Tributaria (LGT, art. 3) junto a la capacidad económica y la equitativa distribución de la carga tributaria. En el art. 31 CE, el término "Todos" cumple dos funciones:
- Aclarar que el deber de contribuir no se limita a los nacionales.
- Establecer la generalidad de la imposición y la ausencia de privilegios en la distribución de la carga fiscal, afectando a todos con capacidad económica.
La vigencia de este principio no impide la existencia de exenciones o bonificaciones fiscales.
Principio de Progresividad
La progresividad implica que, a medida que aumenta la riqueza de un sujeto, su contribución aumenta en una proporción superior al incremento de dicha riqueza. Este principio está estrechamente relacionado con la igualdad material y el mandato de capacidad económica. El TC ha resaltado esta relación entre progresividad e igualdad (STC de 20 de febrero de 1989).
Límite de la No Confiscatoriedad
El art. 31.1 CE establece que el sistema tributario no puede tener alcance confiscatorio. Esto significa que si una ley configura un tributo de tal manera que anule el derecho de propiedad, dicha ley sería considerada inconstitucional.