Fundamentos del Derecho de la Unión Europea: Evolución y Políticas Clave

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Evolución Histórica de la Unión Europea

1957: Se constituyen la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de Energía Atómica (CEEA o EURATOM).

1972: Dinamarca, Irlanda y Gran Bretaña se incorporan a las Comunidades Europeas.

1979: Adhesión de Grecia.

1985: España y Portugal firman el Tratado de Adhesión a las Comunidades Europeas.

1992: Nace la Unión Europea. Se asienta sobre tres pilares:

  • Las Comunidades Europeas.
  • El desarrollo de una Política Exterior y de Seguridad Común (PESC).
  • La cooperación entre los Estados miembros en asuntos de Justicia e Interior (JAI).

El Derecho de la Unión Europea

Es el conjunto de disposiciones jurídicas que regulan la organización, competencias y la actividad de la Unión Europea.

Características del Derecho de la Unión Europea

Se caracteriza por:

  1. Autonomía: Es un derecho independiente de los ordenamientos particulares de los Estados miembros, aunque su destino sea integrarse en estos. Su autonomía se manifiesta en el hecho de provenir de fuentes propias y específicas y en disponer de sus propias instituciones no sometidas a los Estados.
  2. Supremacía: El Derecho de la Unión Europea prevalece sobre el estatal, quedando este subordinado al primero en caso de conflicto entre ambos.
  3. Aplicabilidad Directa: La normativa de la Unión Europea no necesita un desarrollo posterior por normas estatales para resultar aplicable y surtir efectos desde su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).

Fuentes del Derecho de la Unión Europea

  • Derecho Primario

    Está integrado por los tratados fundacionales de las Comunidades Europeas y de la Unión Europea. Goza de absoluta primacía sobre el resto del ordenamiento jurídico de la Unión.

  • Derecho Derivado

    Es el conjunto de normas aprobadas por las instituciones de la Unión Europea en desarrollo de los tratados. Existen:

    1. El Reglamento: Equivale a una ley nacional y no a un reglamento español. Se aplica directamente en todos los Estados miembros y es obligatorio en todos sus elementos. Se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).
    2. La Directiva: Es una norma dirigida a todos los Estados miembros, no a particulares, que fija un resultado a conseguir, dejando a las autoridades nacionales la elección de la forma y los medios para lograrlo.
    3. La Decisión: Es un acto jurídico obligatorio en todos sus elementos. Puede ir dirigido a unos destinatarios concretos (Estados, empresas o particulares) o tener un alcance general.
    4. La Recomendación y el Dictamen: Son actos no vinculantes, pero gozan de alta consideración. La Recomendación se emite a iniciativa de la propia institución, mientras que el Dictamen responde a una petición externa de pronunciamiento.
  • Derecho Complementario

    Forman parte del Derecho Complementario de la Unión Europea los tratados internacionales en los que participan las Comunidades o los Estados miembros, y que tienen alguna incidencia en materias de la Unión. En concreto:

    1. Tratados concluidos entre los Estados miembros.
    2. Tratados firmados por la Unión con terceros países o con otras organizaciones internacionales.
    3. Acuerdos adoptados por los representantes de los Estados en el Consejo.

Políticas y Contenidos de la Unión Europea

Libre Circulación y Mercado Interior

La Unión Europea garantiza la libre circulación de trabajadores, el libre acceso en cualquier Estado miembro a las actividades no asalariadas, la libertad de prestación de servicios y la supresión de las restricciones al movimiento de capitales.

Política de Competencia

Se establece la libre competencia en el mercado interior. No se admitirán:

  • Acuerdos entre empresas que restrinjan o falseen la competencia.
  • Prácticas abusivas por parte de empresas que mantengan una posición dominante en el mercado.
  • Dumping, que consiste en vender en los mercados exteriores a precios inferiores a los del mercado nacional.
  • Diferencias en los impuestos según el origen de las mercancías.
  • Ayudas públicas generalizadas a las empresas.

Política Agrícola Común (PAC)

Sus objetivos son: incrementar la productividad agrícola, elevar la renta de la población agraria y asegurar el abastecimiento de los mercados y la estabilidad de los precios para el consumidor. Actúa sobre las principales producciones agrícolas utilizando varios mecanismos. Otro objetivo es la modernización de las explotaciones agrícolas y la mejora de las condiciones de vida.

Política Social y Regional

El objetivo principal es conseguir la cohesión económica y social entre sus territorios, reduciendo las disparidades entre las regiones.

Política Monetaria

La Unión Europea ha adoptado una moneda única (el euro), en circulación desde el año 2002, gestionada por el Banco Central Europeo.

Cooperación en Política Exterior y de Seguridad Común (PESC)

El objetivo es que exista una política exterior unificada. Se designa una persona (Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad) a la que corresponde representar la posición de la Unión en los foros internacionales.

Cooperación en Asuntos de Justicia e Interior (JAI)

Incluye la política de visados y asilo, la cooperación judicial en materia civil y penal, y la cooperación policial.

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