Fundamentos de la Descentralización Administrativa y Estructura del Gobierno Departamental

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Conceptos Fundamentales de la Descentralización Administrativa

Descentralización

Implica la delegación de actividades. En este caso, el Poder Ejecutivo (P.E.) delega y asigna tareas a otros organismos.

Descentralización por Servicios o Funcional

Consiste en la creación de organismos públicos del Estado. Se denomina así porque, simultáneamente, brindan servicios y cumplen funciones específicas. Estos organismos se clasifican en:

  • Entes Autónomos: No dependen directamente del Poder Ejecutivo.
  • Servicios Descentralizados: Dependen del Poder Ejecutivo.

Descentralización Territorial

El Poder Ejecutivo delega actividades a los gobiernos departamentales. Ejemplos de estas actividades incluyen:

  • El cuidado de parques y plazas.
  • El arreglo de calles.
  • El alumbrado público.

Los gobiernos departamentales gozan de autonomía (establecida, por ejemplo, a partir de la Constitución de 1917), lo que les permite cobrar impuestos para financiar las funciones que deben realizar.

Estructura y Requisitos de los Órganos de Gobierno Departamental

Intendencias (Órgano Ejecutivo Unipersonal)

Órgano unipersonal a cargo del Intendente, con carácter rentado (percibe salario). Es elegido por el cuerpo electoral de cada departamento.

Características y Permanencia

  • Duración en el cargo: 5 años.
  • Reelección: Puede ser reelecto, debiendo renunciar 3 meses antes de las elecciones.

Requisitos para ser Intendente

  1. 30 años de edad cumplidos.
  2. Ciudadano Natural (CN) en ejercicio o Ciudadano Legal (CL) con 7 años de ejercicio.
  3. Ser nativo del departamento o estar radicado en él 3 años como mínimo antes de las elecciones.

Juntas Departamentales (Órgano Deliberativo Pluripersonal)

Órgano pluripersonal integrado por 31 miembros llamados ediles, elegido por el cuerpo electoral de cada departamento.

Características y Compensación

  • Duración en el cargo: 5 años.
  • Reelección: Pueden ser reelectos.
  • Compensación: Son honorarios (sin salario), pero reciben viáticos y exoneraciones en impuestos (privilegios).

Requisitos para ser Edil

  1. 18 años de edad.
  2. Ciudadano Natural (CN) en ejercicio o Ciudadano Legal (CL) con 3 años de ejercicio.
  3. Ser nativo del departamento o estar radicado en él 3 años antes de las elecciones.

Juntas Locales

Órgano integrado por 5 miembros elegidos por el Intendente con la anuencia (consentimiento) de la Junta Departamental.

Requisitos

Los requisitos para integrar las Juntas Locales son los mismos que los exigidos para la Junta Departamental.

Congreso de Intendentes

Órgano integrado por la totalidad de los intendentes (19, según el contexto administrativo) con la finalidad de coordinar políticas departamentales.

Principales Funciones de los Gobiernos Departamentales

Las funciones delegadas a los gobiernos departamentales incluyen:

  • Vialidad urbana y vecinal.
  • Edificación y urbanismo.
  • Transporte público y tránsito.
  • Funcionamiento de mercados y ferias vecinales.
  • Alumbrado público.
  • Mantenimiento de plazas y parques.
  • Fijación de impuestos locales.
  • Velar por la educación y la salud pública en su jurisdicción.

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