Fundamentos Esenciales del Derecho Laboral: Principios, Normativa y Obligaciones de la LCT 20.744

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La Pirámide Normativa en el Ámbito Laboral

La jerarquía normativa establece el orden de aplicación de las fuentes del derecho laboral:

Estatutos

Son un conjunto de normas que regulan la actividad o sector delimitado de trabajadores.

Convenciones Colectivas

Son un conjunto de normas que regulan una actividad o sector delimitado de trabajadores. Son obligatorias para los empleados de toda esa categoría.

Laudos Arbitrales

Son normas que surgen como obligatorias por la decisión de un tercero, que puede ser el Ministerio de Trabajo.

Definiciones Fundamentales de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)

Ley 20.744 (LCT)

Para esta ley, se entiende por trabajo toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración.

Subordinación

Es la relación jerárquica donde quien desempeña la tarea (el empleado/a) se somete a quien la dirige (el empleador/a). A cambio del trabajo, se recibe una compensación de dinero (remuneración).

Diferencia entre Persona Física y Persona Jurídica

Persona Física

Es, para el derecho, un ser humano que ejerce sus derechos y cumple sus obligaciones a título personal. Si una persona física decide poner una empresa, asume las responsabilidades de forma individual, respondiendo con sus bienes si la empresa quiebra.

Persona Jurídica

Es una institución conformada por una o varias personas físicas. Los derechos y obligaciones corren por cuenta de dicha empresa. Los bienes de sus dueños no son afectados si la entidad quiebra y quedan deudas (limitación de responsabilidad).

Derecho Civil y Derecho Laboral

Cuando el individuo efectúa una labor y recibe una remuneración a cambio, pero no depende de otro que lo dirija (ausencia de subordinación), las normas jurídicas que rigen su actividad se vinculan al Derecho Civil, no al Laboral.

Obligaciones de las Partes en la Relación Laboral

Obligaciones del Empleado

  • Emplear su fuerza y creatividad.
  • Acatar las instrucciones y órdenes que le imponga su superior.
  • Cumplir horarios.
  • Resarcir daños (si corresponde).
  • Notificar y justificar inasistencias.
  • Mantener un trato no discriminatorio.

Obligaciones del Empleador

  • Observar el reglamento de higiene y salud.
  • Reintegrar gastos (si corresponde).
  • Proveer protección, alimentación y vivienda (en los casos que la ley lo exija).
  • Garantizar la ocupación efectiva del empleado.
  • Cumplir con los aportes y contribuciones a la seguridad social.
  • Garantizar un trato igualitario y no discriminatorio.
  • Reconocer la propiedad de los inventos realizados por el trabajador en el marco de su actividad (según la normativa específica).

Principios Fundamentales del Derecho del Trabajo

Principio Protector

Es un criterio que protege al trabajador en forma individual, ya que este constituye la parte más débil de la relación laboral frente al empleador. La inexistencia de este principio podría ser una puerta abierta para condiciones indignas o de abuso en el trabajo.

Principio de la Irrenunciabilidad

Implica que se vuelvan nulas todas las pautas que intenten violar la legislación vigente. Será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales o las convenciones colectivas.

Principio de Continuidad

Tutela la conservación del contrato de trabajo y se encuentra en varias disposiciones de las leyes laborales:

  1. Considerar el contrato por regla general (indefinido).
  2. Mantener la continuidad del contrato de trabajo.
  3. El castigo frente al despido sin causa establecida es una indemnización a favor del trabajador.
  4. El mantenimiento del contrato no obstante el incumplimiento de una de las partes (siempre que no sea grave).

Principio de la Primacía de la Realidad

Es la observación concluyente de la conducta real de las partes durante la ejecución del contrato, sin importar lo que se haya pactado formalmente en él.

Principio de Razonabilidad

Orientado hacia el bien común, aparece en todo el ordenamiento jurídico. Pone límite a posibles arbitrariedades en que puedan recaer las partes.

Principio de Buena Fe

Lleva implícita la confianza entre partes y la convicción de que no se engañarán, perjudicarán o dañarán mutuamente.

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