Fundamentos y Estructura de la Constitución de Cádiz de 1812

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La Constitución de 1812: Origen y Aprobación

En diciembre de 1810 se constituyó una comisión encargada de redactar la Constitución. Esta comisión estuvo presidida por Muñoz Torrero, contando con la participación destacada de Argüelles.

La Constitución fue el resultado de un complejo compromiso entre liberales y absolutistas, aunque se inclinó mayoritariamente a favor de las posturas liberales. Fue aprobada oficialmente el 19 de marzo de 1812, fecha por la cual se la conoció popularmente como "La Pepa".

Estructura y Puntos Clave de la Constitución de Cádiz

La Constitución de Cádiz se estructuró en 384 artículos, divididos en 10 títulos. Entre sus disposiciones más significativas, se destacan los siguientes aspectos:

Principios Fundamentales

  • Soberanía Nacional: Se estableció que la autoridad suprema residía en la nación, la cual era representada a través de las Cortes.
  • Monarquía Limitada: El Estado se configuró como una monarquía no absoluta, implementando la división de poderes:
    • Poder Legislativo: Compartido entre el Rey y las Cortes.
    • Poder Ejecutivo: Depositado en el Rey.
    • Poder Judicial: Ejercido por los tribunales.
    El monarca estaba obligado a jurar la Constitución, y su poder quedaba sujeto al control de las Cortes.
  • Poder de las Cortes: Las Cortes, elegidas mediante sufragio universal masculino, poseían amplias facultades, incluyendo la elaboración de leyes, la decisión sobre la sucesión de la Corona y la aprobación de tratados. Se exigía ser propietario para poder ser diputado.

Igualdad y Derechos Ciudadanos

  • Fuero Único: Se proclamó la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, con excepciones específicas para los miembros del estamento eclesiástico y militar.
  • Derechos Fundamentales: Se garantizaron derechos esenciales como la igualdad ante la ley, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de imprenta (sin censura en escritos políticos), el derecho al sufragio, la educación elemental y las garantías procesales.
  • Religión Oficial: Se impuso el catolicismo como única religión del Estado, sin reconocer la libertad de culto.

Organización Territorial y Medidas Adicionales

La Constitución de Cádiz de 1812 definió un Estado unitario y centralizado, organizado en provincias y diputaciones. Además, introdujo innovaciones significativas como:

  • La libertad de imprenta (con la salvedad mencionada).
  • La creación de un ejército nacional con servicio militar obligatorio.
  • El establecimiento de la enseñanza primaria pública y obligatoria.
  • La afirmación de la igualdad jurídica y la inviolabilidad del domicilio.

Conclusión: El Legado de la Pepa

La Constitución de 1812 representó el primer intento serio y estructurado de aplicar los principios del liberalismo en España. A pesar de su aplicación limitada —principalmente durante el Trienio Liberal y brevemente en 1836—, su legado perduró como un símbolo de libertad, ejerciendo una profunda influencia en los movimientos liberales tanto en España como en América del Sur.

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