Fundamentos y Evolución del Sistema de Fuentes del Derecho en España
Clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 2,99 KB
Sistema de Fuentes en el Ordenamiento Jurídico Español
Bajo la denominación de "fuente del Derecho", se incluyen tanto la persona o personas que ostentan el poder o la facultad de crear normas jurídicas, como la forma de expresión, exteriorización o manifestación del Derecho.
El problema del origen de las normas es fundamentalmente político, relacionado con la conexión entre Derecho y poder (poseyendo también una naturaleza sociológica).
Poderes y Formas de Creación Normativa
Algunos de los poderes en que reside la potestad de la creación normativa son:
Pactos o Acuerdos entre Particulares
Una de las formas más importantes de producción de las normas son los pactos o acuerdos entre los propios particulares (pueden ser acuerdos estrictamente individuales o grupales).
Los Precedentes
La segunda forma de producción de normas jurídicas la constituyen los precedentes. El precedente no es más que un caso decidido que actúa como directriz para la decisión de un nuevo caso que se plantea.
La Ley
La última forma de producción es la Ley: normas de origen estatal impuestas por la organización política, constituida en forma de Estado.
Conclusión sobre el Origen de las Normas
En el origen de las normas, existe siempre una fuerza social, unos grupos de presión y unos que pretenden hacerse presentes frente al aparato estatal y a la sociedad en general.
La Constitución y la Transformación del Sistema de Fuentes
La entrada en vigor de la Constitución (CE) ha supuesto una alteración sustancial del sistema de fuentes existente en España con anterioridad a la misma. No es que la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho hayan dejado de ser fuentes en nuestro sistema jurídico, sino que esa clasificación se ha hecho más compleja y variada.
Consecuencias de la Entrada en Vigor de la Ley Fundamental
La Ley fundamental y suprema de nuestro ordenamiento ha generado las siguientes consecuencias:
- La Constitución es fuente de Derecho: En consecuencia, obliga tanto a los ciudadanos como a los poderes públicos.
- Nueva Tipología de Leyes: Nuestra actual Constitución establece la creación de una nueva tipología de leyes en un sentido técnico o estricto.
- Reconocimiento de la Autonomía: También establece el reconocimiento del principio de autonomía de las regiones y nacionalidades como base de la organización del Estado español, hecho que ha tenido consecuencias directas sobre el sistema de fuentes.
Tratados Internacionales como Fuente del Derecho
En materia de tratados internacionales, la Constitución introduce una pluralidad de situaciones: los tratados internacionales son fuente del Derecho y establecen normas vinculantes para el Estado español y de obligado cumplimiento dentro del mismo.