Fundamentos de Formación Cívica, Ética y Derechos Constitucionales
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Definición de Conceptos Fundamentales
- Formación: Proviene del latín. Se trata de un término asociado al verbo formar, que significa otorgar forma a algunas cosas.
- Cívica: Es un adjetivo que se emplea para referirse al comportamiento de los ciudadanos y a la convivencia social de las personas que conforman una sociedad.
- Ética: Es la manera de hacer o adquirir las ramas de la filosofía que estudia la moral y la manera de juzgar la conducta humana.
Dimensiones del Ser Humano
- Dimensión espiritual: Hace referencia a la experiencia interior de una persona que ayuda a encontrar propósitos propios y resolver dudas sobre su existencia.
- Dimensión ética: Nos ayuda a comportarnos con los demás basados en la relación que tengamos con la otra persona.
- Dimensión colectiva: Es aquella dimensión que nos ayuda a convivir con un grupo de personas y, a la vez, nos ayuda a comportarnos con las demás personas.
- Dimensión afectiva: Es aquella que nos da la capacidad de relacionarnos con nosotros mismos o con alguien más.
- Dimensión estética: Dimensión que nos ayuda a la capacidad de apreciar la belleza de las cosas tomando en cuenta nuestros gustos.
- Dimensión corporal: Se refiere al desarrollo del cuerpo desde la niñez hasta nuestra edad adulta.
Artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Artículo 1: En México, las personas gozarán de los Derechos Humanos reconocidos por la patria y en los tratados internacionales en los que México se encuentre.
- Artículo 2: Todas las personas tienen los derechos y libertades que se encuentren en la declaración, sin distinción alguna de etnia, color, sexo, etc.
- Artículo 3: Toda persona en México tiene derecho a recibir una educación digna.
- Artículo 4: El hombre y la mujer son iguales ante la ley. La ley tiene la obligación de proteger a tu familia; además, toda persona tiene derecho a decidir todo lo que quiera, solamente con la condición de que sea responsable y no esté penado por la ley.
- Artículo 5: A ninguna persona se le puede negar ninguna profesión, industria o trabajo que quiera realizar, y el producto de su trabajo irá directamente a esa persona.
- Artículo 6: Toda persona tiene la libre manifestación de ideas, siempre y cuando estas ideas no perjudiquen a alguien más.
- Artículo 7: No está penada la difusión de ideas por cualquier medio de comunicación y la ley no puede censurar ni ocultar la información que quiera ser difundida.
- Artículo 8: Derecho de petición ante funcionarios políticos, siempre y cuando se formule por escrito y este respete a la ley.
- Artículo 9: No se puede impedir unirse con otras personas, siempre y cuando el objetivo de esto sea lícito.
- Artículo 10: Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su residencia, siempre y cuando sea para su seguridad y la de su familia, con la excepción de no poder poseer las que están restringidas por la Fuerza Armada.
- Artículo 11: Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a entrar en la República, salir de ella y viajar libremente por su territorio sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte u otro requisito semejante.