Fundamentos y Fuentes del Derecho Islámico: Evolución y Aplicación Histórica

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Fuentes del Derecho Islámico

Principio básico: La primera fuente del derecho es el Corán. Su contenido representa la revelación de Alá a Mahoma y lo que este enseñó a los árabes.

El Corán contiene solo un 10% de normas jurídicas; por lo tanto, el 90% restante se compone de normas de tipo moral o religiosas. Debido a esto, los musulmanes crearon normas supletorias que se aplican cuando el Corán presenta vacíos legales.

Fuentes supletorias:

  1. Sunna
  2. Ichma
  3. Ray

El derecho islámico es un sistema cuya observancia y aplicación solo se predica de aquellos individuos que se hallan integrados en la comunidad de creyentes: el Islam. Esta es una consecuencia de su íntima conexión con la esfera de lo religioso, que convierte al fenómeno jurídico en una categoría subordinada y dependiente de aquella; el derecho se concibe, pues, como una parte de la religión.

Desglose de las Fuentes del Derecho Islámico

1. El Corán

  • Contiene la revelación de Alá a Mahoma a través del arcángel Gabriel.
  • Contiene versos cortos fáciles de memorizar.
  • Se divide en 144 capítulos llamados Azoras (o Azomas), que son mandatos estrictos del profeta, en los que se incluyen los 5 pilares de la sabiduría.
  • Cada Azora se divide en Aleyas (sinónimo de milagro o signo sobrenatural) y, a su vez, cada Aleya en Suras.
  • Contiene mayoritariamente normas religiosas, pero solo un 10% de estas son jurídicas, por lo que son muy importantes las fuentes supletorias.
  • También incluye consejos de Mahoma a los fieles, narraciones de la Biblia y diálogos con los fieles explicando cómo deben comportarse.

2. La Sunna

Es una forma de revelación implícita basada en la vida de Mahoma, donde la trayectoria del profeta sirve como modelo para los musulmanes. De ahí se toman partes de la vida del profeta y sus dichos para transformarlos en normas jurídicas.

Se divide en tres partes:

  • I. Dichos: Todo lo que Mahoma dijo, pero que no está recogido en el Corán.
  • II. Silencios: Los silencios que aprobó y consintió Mahoma.
  • III. Hechos: Lo que Mahoma hizo, aunque no todo es repetible.

3. La Ichma

Se define como el consentimiento universal de la comunidad musulmana. Existe una norma de derecho que establece: "lo que a los musulmanes les parece bueno, le parece a Alá". Los juristas musulmanes sostienen que la norma de la comunidad no puede estar equivocada, porque Alá no permitiría que todos se equivoquen simultáneamente.

4. Ray o razonamiento jurídico

Los vacíos legales del mundo islámico pueden suplirse a través de:

  • I. Aplicación de principios legales del derecho islámico.
  • II. A través del razonamiento analógico, que consiste en aplicar una norma de un caso concreto a otro caso que posee elementos parecidos.

¿Cómo se aplicó el derecho islámico en la Península Ibérica?

Durante la ocupación, la zona no invadida por los musulmanes quedó reducida al Reino de Asturias, donde el derecho que rigió fue el Liber Iudiciorum. En la parte de la Península Ibérica invadida por los musulmanes, los cristianos (mozárabes) también se regían por el Liber, ya que el derecho musulmán solo rige a los creyentes de Alá.

Por lo tanto, se puede afirmar que tanto en los territorios independientes de los musulmanes como en los conquistados por estos, seguía rigiendo el derecho propio (el Liber Iudiciorum). El derecho musulmán fijaba los criterios por los cuales los creyentes de Alá (mudéjares y musulmanes) debían regirse en temas de derecho privado, incluyendo ciertas relaciones entre mozárabes y musulmanes.

En cuanto al régimen político-administrativo y al derecho penal (derecho público en general), regía estrictamente el derecho musulmán; de lo contrario, no habría existido una subordinación efectiva por parte de los pueblos sometidos.

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