Fundamentos Históricos y Sistemas Jurídicos Contemporáneos

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Perspectiva del Derecho en la Economía y la Contabilidad

Los romanos poseyeron una **fantástica ciencia jurídica**. Fueron pioneros en el trabajo con el derecho, introduciendo conceptos fundamentales como la **compraventa**, definida como un contrato o acuerdo para intercambiar algo por dinero, y la **permuta**, un acuerdo de intercambio de una cosa por otra. Además, diferenciaron entre **propiedad** y **posesión**, y establecieron la figura del **matrimonio**.

Los romanos definieron el derecho como la suma de tres preceptos: vivir honestamente, no dañar al otro y dar a cada uno lo suyo. Estos principios siguen siendo pilares fundamentales del derecho actual, esenciales para la convivencia en sociedad. El derecho actúa como una **función pacificadora y moderadora**, resolviendo conflictos. Las sociedades han perfeccionado la existencia de la **jurisdicción** como mediador. Si bien el ordenamiento jurídico puede presentar imperfecciones o lagunas, este mismo prevé mecanismos para su corrección.

Los Sistemas Jurídicos Mundiales: Clasificación y Características

La Evolución Jurídica

El derecho busca modificarse constantemente para ofrecer una **solución pacífica a los problemas sociales**. A medida que la sociedad evoluciona, sus problemas cambian, y con ellos, la necesidad de adaptar las soluciones jurídicas.

Sin embargo, esta evolución plantea desafíos para la **seguridad jurídica**. Es crucial que el derecho sea conocido, y si cambia continuamente, se complica la predicción de las consecuencias de los actos. La **ignorancia de la norma no exime de su cumplimiento**, por lo que el derecho se codifica para ofrecer garantías al ciudadano.

Diferencias entre los Principales Sistemas Jurídicos

1. El Sistema Legalista o “Civil Law”

Este sistema es común en países que fueron **romanizados**, ya que la cultura jurídica romana perduró tras la caída del Imperio. Su base jurídica se ha adaptado a las sociedades modernas. Tras la Revolución Francesa, se impulsó la creación de un nuevo orden social a través de códigos, como el impulsado por Napoleón.

2. El “Common Law”

Predominante en Inglaterra, Estados Unidos, Canadá y Australia, este derecho no se originó de la influencia romana. Entre los siglos XI y XIII, el poder real no era absoluto; los nobles ostentaban una **autosoberanía** y administraban justicia a través de sus propios jueces. Con el tiempo, los nobles cedieron parte de su poder al rey a cambio de privilegios. El desarrollo del common law se basa en las **sentencias judiciales** (precedentes). Los jueces, al no tener un texto legal específico para cada caso, recurren a decisiones anteriores para fundamentar sus dictámenes. Este sistema se denomina “common law” o derecho común porque la aplicación de sentencias por parte de los jueces unificó el derecho en toda Inglaterra. En el contexto americano, el **Tribunal Supremo** es la cúspide del sistema judicial. Su funcionamiento es relativamente sencillo, compuesto por un número impar de magistrados nombrados por el presidente. Estos magistrados permanecen en su cargo hasta su fallecimiento o renuncia voluntaria, lo que puede influir en la capacidad de los presidentes para realizar nombramientos. La importancia de estos magistrados radica en su capacidad para **crear jurisprudencia**.

No es posible determinar con certeza cuál de estos dos sistemas es superior, ya que cada uno responde a **razones históricas y sociales distintas** y fue idóneo en su momento de creación.

3. El Sistema Jurídico Chino e Islámico

Estos sistemas buscan el derecho en los **valores, tradiciones, creencias y moral** de sus respectivas sociedades.

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