Fundamentos de la Imputación Objetiva y la Ausencia de Acción en Derecho Penal
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Imputación Objetiva
1. Creación de un Peligro Jurídicamente Relevante
El sujeto debe crear un peligro jurídicamente relevante. Entendemos que existe un peligro jurídicamente relevante cuando se superan los comportamientos normales de la vida, como andar o ir al cine. Sin embargo, algunas actividades pueden generar dudas. Por ejemplo, si el dueño de una finca envía a uno de sus trabajadores al bosque en un día de tormenta.
La creación del peligro relevante no implica la ausencia de riesgo relevante, sino que se refiere a un riesgo que está desaprobado penalmente.
2. Supuestos de Riesgo
A. Aumento del Riesgo
Debemos verificar que el riesgo sea permitido. Es decir, el riesgo permitido es aquel que en condiciones normales podría ser constitutivo de delito, pero que en ámbitos específicos es lícito (por ejemplo, un club de campo). El aumento de riesgo significa que un sujeto realiza una acción peligrosa pero tolerada.
B. Disminución del Riesgo
Se produce cuando la conducta del sujeto modifica un curso causal ya existente, aminorando el riesgo previamente creado. Aunque el riesgo esté disminuido, se producirá un resultado lesivo. Encontramos dos tipos de conductas:
- Una conducta que mejora el estado del objeto de la acción, lo que implica imputación objetiva.
- Sin embargo, si esta acción genera un nuevo peligro para la integridad física, existe imputación objetiva, pero con carácter excluyente.
Ausencia de Acción u Omisión
Se refiere a la existencia de un hecho ilícito producido sin la voluntad de la persona. La cuestión fundamental es determinar si por ese hecho se puede o no castigar al sujeto. Por ejemplo, el sonámbulo que mata a alguien mientras duerme realiza el hecho, pero no voluntariamente.
Supuestos de Ausencia de Acción u Omisión
- Falta de Voluntariedad de la Acción: Ausencia de control consciente sobre el acto.
- Falta de Consciencia: Casos como la hipnosis y el sonambulismo.
- Actos Reflejos: Reacciones corporales mecánicas e incontrolables.
- Fuerza Irresistible: Fuerza física o psíquica de producción externa al sujeto que anula su voluntad, convirtiéndolo en un mero instrumento sin capacidad de acción.
Elementos para Apreciar la Fuerza Irresistible:
- Origen externo de la fuerza.
- Agente causante.
- Carácter directo o indirecto de la fuerza.
- Irresistibilidad de la fuerza.
La fuerza irresistible se deduce del Artículo 10 del Código Penal.
Posición de Garante
Se refiere a la existencia de un deber jurídico específico de actuar e impedir un resultado lesivo.