Fundamentos Jurídicos de la Responsabilidad Penal
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Acción y Omisión
La acción se define como el binomio objetivo más medios. Se excluyen de la misma: la fuerza irresistible, el estado de inconsciencia y los movimientos o actos reflejos.
La omisión se clasifica en:
- Omisión propia.
- Comisión por omisión (art. 11 CP): requiere una relación de causalidad y una posición de garante.
Tipicidad
Tipo Objetivo
- Relación de causalidad:
- Teoría de la equivalencia de las condiciones.
- Teoría de la adecuación (previsibilidad objetiva y diligencia debida).
- Teoría de la causa jurídicamente relevante.
- Imputación objetiva:
- Creación de un riesgo no permitido (falta de diligencia).
- Realización del riesgo en un resultado.
- Producción del resultado en el ámbito de protección de la norma.
Tipo Subjetivo
- Dolo (elemento intelectual + elemento volitivo):
- Directo (de 1º y 2º grado).
- Eventual (teoría de la probabilidad/voluntad).
- Error de tipo (tipicidad): invencible (excluye responsabilidad penal) o vencible (deriva en imprudencia).
- Error de prohibición (culpabilidad).
- Imprudencia (art. 12 CP): infracción del deber de diligencia exigible (previsibilidad objetiva y desatención a las reglas de diligencia).
Formas de Intervención
- Autores: directo, mediato y coautor.
- Partícipes: inductor y cooperador necesario.
- Cómplices.
Iter Criminis
- Hecho consumado.
- Tentativa: acabada (rebaja de 1 grado) e inacabada (rebaja de 2 grados).
- Actos preparatorios: proposición (art. 17.2 CP), conspiración (art. 17.1 CP) y provocación (art. 18.1 CP).
Antijuridicidad
Se compone del desvalor de acción (ej. matar) y el desvalor de resultado (destrucción de la vida). Requiere un elemento esencial (presupuesto) y uno no esencial (límites).
- Si se cumplen: exime de responsabilidad penal.
- Si no se cumplen: eximente incompleta (art. 21 CP) y atenuación de la pena:
- Falta elemento objetivo esencial: no se rebaja la pena.
- Falta elemento objetivo no esencial: se rebaja la pena por atenuación del injusto.
- Falta elemento subjetivo: se rebaja la pena por atenuación del injusto.
- Causas de justificación: legítima defensa, estado de necesidad y cumplimiento de un deber.
Culpabilidad
- Imputabilidad (posibilidad de haber actuado de otra forma):
- Inimputabilidad: alteración psíquica/trastorno (art. 20.1 CP), intoxicación/abstinencia (art. 20.2 CP), alteración de la percepción (art. 20.3 CP) y minoría de edad (art. 19 CP).
- Consciencia de la antijuridicidad:
- Error de prohibición directo (desconoce la norma).
- Error de prohibición indirecto (cree que es lícito): vencible o invencible.
- Exigibilidad de otra conducta: causas de exclusión como el estado de necesidad, miedo insuperable y encubrimiento entre parientes.
Punibilidad
- Extinción de la responsabilidad criminal: muerte del reo, cumplimiento de condena, remisión definitiva de la pena, indulto, perdón del ofendido, prescripción del delito, de la pena o de la medida.
- Agravantes y Atenuantes (arts. 21, 22 y 23 CP).
- Aplicación del artículo 66 CP.