Fundamentos de la Jurisdicción: Alcance, Límites y Facultades Judiciales
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Características de la Función Jurisdiccional
Tiempo
Si bien los tribunales desempeñan sus funciones en forma permanente, con excepción de los tribunales arbitrales, los jueces que ejercen la función jurisdiccional solo permanecen en sus cargos hasta cumplir la edad de 75 años, y mientras dure su buen comportamiento, exigido por la Constitución y las leyes.
Competencia
Todos los tribunales del país tienen jurisdicción por el solo hecho de ser un tribunal, porque así lo dispone expresamente la Constitución Política de la República. La competencia es también un límite en lo que respecta al territorio de cada tribunal; por ello, los tribunales solo pueden actuar en sus respectivos territorios jurisdiccionales, salvo algunas excepciones legales.
Límites de la Jurisdicción
Límites Externos de la Jurisdicción
El Territorio
Toda vez que la jurisdicción comienza donde principia la soberanía del Estado y termina donde finaliza la soberanía del Estado, la regla general es que la jurisdicción es territorial, lo que significa que se ejerce dentro de los límites del Estado.
Facultades de Otros Órganos del Estado
Este límite se produce en razón de la separación de poderes de los distintos órganos del Estado, ya que existe una separación de funciones entre ellos. Por ello, la jurisdicción, como límite externo, llega hasta donde comienzan las atribuciones o facultades de otro órgano del Estado.
Facultades Anexas o Conexas a la Jurisdicción
Son facultades de las que están dotados los tribunales y que escapan de las atribuciones propiamente jurisdiccionales. Estas están dirigidas, en primer lugar, a velar y tutelar los derechos constitucionales, así como a la disciplina de los abogados y funcionarios, y también a la organización interna de los tribunales.
Facultades Conservadoras
Estas tienen por objeto velar por el respeto de la Constitución y de las leyes, así como proteger y resguardar las garantías constitucionales. Los instrumentos o medios que la ley pone al alcance de las personas para que los tribunales ejerzan estas facultades conservadoras incluyen el recurso de inaplicabilidad, que es aquella acción constitucional que tiene por objeto declarar inaplicable cualquier precepto legal contrario a la Constitución.
La función de proteger las garantías constitucionales se ejerce a través de diversos medios o elementos, como el recurso de amparo, el recurso de protección, el recurso de reclamación por pérdida de la nacionalidad, el procedimiento de desafuero, entre otros.
Facultades Disciplinarias
Estas constituyen el conjunto de atribuciones que la Constitución y las leyes entregan a los tribunales de justicia con el propósito de mantener y guardar la disciplina dentro de la organización judicial.
Facultades Económicas
Estas le permiten al órgano jurisdiccional administrar correctamente los bienes de que dispone para sus funciones, regular y mejorar la economía judicial, y optimizar el rendimiento del trabajo. Un ejemplo que manifiesta esta facultad es la reunión solemne que se lleva a cabo el primer día hábil del mes de marzo de cada año, donde el presidente de la Corte Suprema rinde una cuenta y expone las dificultades que han tenido los tribunales de justicia en la aplicación de las leyes.
Los Equivalentes Jurisdiccionales
Son todos aquellos actos que, sin ser una sentencia definitiva, producen los mismos efectos que una sentencia para la solución del conflicto.
Transacción como Equivalente Jurisdiccional
Es un contrato en que las partes terminan extrajudicialmente un litigio pendiente. Para que la transacción sea un equivalente jurisdiccional, el Derecho Procesal le agrega la frase “haciéndose concesiones recíprocas”. Puede ser anterior al juicio o producirse dentro del juicio.
La Conciliación
Consiste en la existencia de un acuerdo entre las partes del juicio que se produce a instancias del juez; es decir, es el juez quien llama a las partes a conciliación y les propone las bases para llegar a un arreglo judicial. La conciliación puede ser total o parcial; en la conciliación, el juez tiene un rol activo.