Fundamentos Legales del Contrato Laboral: Tiempo Parcial, Trabajo a Distancia y Periodo de Prueba
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La Contratación a Tiempo Parcial: Significado, Categorías y Rasgos Institucionales
La contratación a tiempo parcial es una categoría polivalente y multifacética que ha adquirido un espacio sumamente relevante durante las últimas décadas. Es una prestación caracterizada por una jornada reducida respecto del tiempo normal. El contrato de trabajo se entiende realizado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios por un tiempo inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
Formalización y Contenido Obligatorio
Debe formalizarse obligatoriamente por escrito y en modelo oficial. En su contenido debe concretarse el número de horas ordinarias de trabajo (al día, semana, mes o año) contratadas, así como su distribución subsiguiente, considerados requisitos indispensables para que el trabajador tenga un conocimiento claro de su estatuto jurídico y de la distribución de las horas de trabajo. En caso de incumplir estas previsiones, el contrato se presume celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario.
Categorías Jurídicas del Contrato a Tiempo Parcial
Existen tres tipos de categorías jurídicas respecto a esta contratación:
- Común u ordinario.
- No periódicos o de carácter discontinuo.
- Jubilación parcial y contrato de relevo.
El Contrato a Distancia: Delimitación Institucional y Elementos Caracterizadores
El trabajo a distancia no es una figura con sólidos fundamentos institucionales. Su utilización suele focalizarse en ámbitos económicos tales como el sector textil.
Elementos Caracterizadores del Trabajo a Distancia
La ley conceptúa esta figura en términos muy abiertos. El Artículo 13, párrafo 1º, del Estatuto de los Trabajadores (ET) considera esta modalidad como una prestación laboral realizada preponderantemente en el domicilio del trabajador o lugar elegido libremente por este.
Ha de cumplimentarse por escrito, especificando el lugar donde se desarrollará la prestación.
El Periodo de Prueba: Duración y Reglas de Extinción Contractual
La prueba es un periodo preparatorio de la relación laboral que permite a las partes conocer la cualificación profesional del trabajador y su adaptación a las exigencias funcionales del puesto de trabajo. En principio, la prueba es un medio utilizable por ambas partes.
Fundamentos del Periodo de Prueba
El significado de la prueba deriva de dos premisas básicas:
- Respuesta a la disociación existente entre los términos “calificación objetiva del puesto” y “cualificación subjetiva del trabajador”.
- Respuesta a los desajustes existentes en los momentos constitutivos del contrato.
Reglas de Configuración Normativa de la Duración
La duración del periodo de prueba se configura normativamente mediante la combinación de las siguientes reglas:
- La extensión temporal de la prueba está supeditada a lo que al respecto establezcan los convenios colectivos.
- De no ser así, el Estatuto de los Trabajadores se convierte en norma supletoria. La Ley prevé entonces dos plazos máximos cuya duración fluctúa a tenor de la cualificación poseída por el trabajador: seis meses para técnicos titulados y dos meses para los demás trabajadores.
- Las directrices expuestas encuentran una doble orden de excepciones.