Fundamentos Legales de Contratos Mercantiles y Derecho del Trabajo
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Contratos Mercantiles y Asociaciones
Contrato de Compraventa
El Contrato de Compraventa posee las siguientes características esenciales:
- Naturaleza: Típico, bilateral, lucrativo, consensual y recíproco (Art. 325 del Código de Comercio).
- Objeto: Puede recaer sobre bienes inmuebles o muebles.
- Marco Legal Adicional: Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y Ley de Comercio Minorista.
- Elementos Clave: Cosa, Precio, Vendedor, Comprador.
Obligaciones del Vendedor (V)
Las principales obligaciones incluyen:
- Entrega de la mercancía (m).
- Respuesta ante el retraso en la entrega: El comprador puede exigir el cumplimiento o la rescisión del contrato.
- Responder por vicios y defectos aparentes (plazo de 4 días para la reclamación).
Contrato de Cuentas en Participación (Arts. 239 a 243 CCom)
Este acuerdo no constituye una sociedad mercantil. Es dirigido por un empresario individual y se rige por la libertad de acuerdos, ya sean privados o públicos.
Sujetos Intervinientes
- Gestor: Dirige las operaciones, liquida y rinde cuentas.
- Cuentapartícipes: Aportan capital, participan en las pérdidas y ganancias (PyG), y responden ante terceros solo cuando el gestor cese en sus derechos. Pueden aportar bienes, derechos o dinero.
Contratos Afines
Se relaciona con los contratos de permuta y estimatorio.
La Sociedad Mercantil
Es una asociación voluntaria cuyo fin es la explotación de una actividad económica, buscando el beneficio individual y el reparto de ganancias.
Elementos Esenciales del Contrato Social
- Objeto: Lícito, posible, determinado y enfocado en una actividad económica.
- Causa: Obtener beneficio.
Personalidad Jurídica
La sociedad adquiere personalidad jurídica, lo que implica:
- Sujeto de derechos y obligaciones.
- Separación patrimonial entre socios y sociedad.
- Nombre propio, nacionalidad propia, domicilio social y organización corporativa.
Constitución
Requiere de escritura pública ante notario e inscripción en el Registro Mercantil (RM). Si no se cumplen estos requisitos, se considera una sociedad irregular o en formación.
Fundamentos del Derecho del Trabajo
Definición y Relaciones Laborales
El Derecho del Trabajo es la rama del ordenamiento jurídico que regula las relaciones laborales.
Características de la Relación Laboral (RL)
Para que exista una relación laboral regulada por el Estatuto de los Trabajadores, deben concurrir las siguientes notas:
- Trabajo Personal.
- Voluntariedad.
- Ajeneidad (en los frutos y en los medios).
- Retribución (carácter oneroso).
Relaciones Excluidas del Ámbito Laboral
Se excluyen, entre otras, las siguientes relaciones:
- Trabajos realizados por cuenta propia (autónomos).
- Trabajos amistosos o de buena vecindad.
- Trabajos sin retribución.
- Funcionarios públicos (regulados por su normativa específica, al margen del Derecho del Trabajo común).
- Trabajos familiares (salvo prueba de la condición de asalariado).
El Contrato de Trabajo
Es el acuerdo entre el empresario y el trabajador por el que se pacta la prestación de servicios a cambio de una remuneración.
Formalización y Requisitos
- Regla General: Si la ley obliga a que el contrato sea por escrito y no se formaliza, se presume que es un contrato indefinido y a jornada completa.
- Periodo de Prueba: Es optativo y debe formalizarse por escrito. Su duración máxima se establece por convenios colectivos (ejemplos comunes: 6 meses para técnicos titulados, 2 meses para el resto de trabajadores).
- Comunicación: La copia básica debe entregarse a los representantes legales de los trabajadores en un plazo de 10 días. El resto de los trabajadores deben ser informados en un plazo de 2 meses. El acta debe comunicarse al Servicio Público de Empleo (SEPE) con 24 horas de antelación.
Clases de Contratos
Contrato Indefinido
No tiene límite de duración temporal. Puede ser formalizado de forma oral o escrita, a jornada completa o parcial, fijo o discontinuo. Incluye modalidades específicas (ej. apoyo a emprendedores, personas con discapacidad o en exclusión social).
Contrato Temporal
Posee una duración determinada. Modalidades comunes:
- Por obra o servicio determinado.
- Por circunstancias de la producción (antes, circunstancias del mercado).
- Interinidad (sustitución).
- Formación y prácticas.
Nota sobre la temporalidad: El uso injustificado de la temporalidad lo convierte en indefinido. Si un trabajador encadena 2 o más contratos temporales, adquiere la condición de fijo, excepto en los casos de interinidad y relevo.
Principios Constitucionales y Derechos Fundamentales
La Constitución garantiza derechos fundamentales que impactan directamente en el ámbito laboral:
- Derecho a la dignidad y al libre desarrollo de la personalidad.
- Respeto a la ley.
- Libre circulación.
- Derecho a la huelga.
- Derecho al trabajo.
- Derecho a la negociación colectiva.