Fundamentos Legales y Éticos de la Práctica Odontológica y Sanitaria

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 7,07 KB

Responsabilidad Profesional Sanitaria: Fundamentos y Requisitos

Requisitos de la Responsabilidad Odontológica

Para que exista responsabilidad odontológica deben concurrir los siguientes elementos:

  • Obligación de asistencia.
  • Existencia de un daño.
  • Existencia de falta profesional.
  • Relación de causalidad entre la falta y el daño.

Requisitos de la Imprudencia

La imprudencia requiere:

  1. Acción u omisión voluntaria no intencionada.
  2. Actuación negligente por falta de previsión.
  3. Infracción del deber objetivo de cuidado contrario a la Lex Artis.
  4. Que se origine un daño que fuera evitable, con relación de causalidad entre el proceder y el resultado.
  5. Si el acto es realizado por una o varias personas, la responsabilidad es individual.

Dolo e Imprudencia

  • Dolo: Voluntad de ejecutar el medio y la consecuencia que se ejecuta.
  • Imprudencia: Un delito culposo por haber infringido un deber de prudencia o de cuidado, o por ignorancia, o por creer que no habrá consecuencias negativas.

Tipos de Responsabilidad

  • Responsabilidad Objetiva: Actividad y resultado que presentan una infracción de las normas básicas de cuidado.
  • Responsabilidad Subjetiva: Una acción negligente que causa daño. La relación de causalidad tiene que infraccionar la Lex Artis.

Carga de la Prueba

La culpa, así como la relación de causalidad entre el daño del paciente y la actuación médica, ha de probarla el paciente, excepto en las intervenciones quirúrgicas reparadoras, perfectivas o estéticas.

Reparación del Daño

El que por acción u omisión causa daño a otro está obligado a reparar el daño causado. Se indemnizan los casos en que la causa del daño ha sido por dolo, negligencia o morosidad.

El Consentimiento Informado (CI) y los Derechos del Paciente

Información Asistencial: Cómo Informar

La información debe ser:

  • Comprensible.
  • Veraz.
  • Adecuada.

La comunicación será verbal, salvo excepción en que se exija por escrito.

Requisitos del Consentimiento

El consentimiento debe ser:

  • Debidamente informado (CI).
  • Libre y voluntario.
  • Dado con capacidad.

Derechos del Paciente

Los derechos fundamentales del paciente incluyen:

  1. Información Asistencial: Derecho a conocer toda la información disponible sobre cualquier actuación en el ámbito de su salud. El paciente tiene derecho a no ser informado. La información será verbal, dejando constancia en la Historia Clínica (HC). El médico garantiza el cumplimiento de su derecho a la información. La información clínica será verdadera, se comunicará de forma comprensible y adecuada a sus necesidades, y ayudará a tomar decisiones.
  2. Intimidad.

Definición de Consentimiento Informado (CI)

El CI es la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud.

Casos en que el CI debe ser Escrito

  • Intervenciones quirúrgicas.
  • Procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores.
  • Procedimientos con riesgos y previsible repercusión negativa sobre el feto.
  • Procedimientos de carácter experimental.

Deontología, Secreto Profesional e Historia Clínica

Código Deontológico

Comprende las normas éticas que regulan la actividad sanitaria de los profesionales. Integra valores morales, normas éticas y principios que deben guiar la conducta del dentista.

La Lex Artis

Criterio valorativo del acto médico realizado, que tiene en cuenta diversos parámetros tanto personales (formación del médico, experiencia) como profesionales (dificultad del caso, organismo de salud, paciente), para decidir si el acto ha sido conforme a la técnica normal requerida.

Dicotomía

La partición de los honorarios entre el sanitario y terceras personas es considerada una falta profesional.

Secreto Profesional

Tipos de secreto:

  • Confiado.
  • Institucional.
  • Sacramental.
  • Profesional.

Excepciones al Secreto Profesional

  • Mandato legal.
  • Motivo disciplinario.
  • Justa causa (para evitar un perjuicio).

Conservación de la Historia Clínica (HC)

La HC debe conservarse:

  • Mínimo 5 años.
  • Conservando lo relevante para la ley vigente.
  • Con buen mantenimiento de la documentación.
  • En un solo archivo.

Causas de Incapacidad e Inhabilitación

Son impedimentos físicos o psíquicos que no permiten el cumplimiento de la función profesional, o inhabilitación expresada por ley. Desaparecen cuando cesan las causas que las motivan.

Actividad Profesional Propia (Autónomo)

Características de la actividad profesional propia:

  • Habitualidad.
  • Carácter personal de los servicios.
  • Realización de la actividad económica a título lucrativo.
  • No sujeción a un contrato de trabajo.
  • Puede tener trabajadores a su cargo.

Prestaciones

Beneficiarios de prestaciones (ejemplos): población en general, mayores de 75 años, personas con discapacidad, embarazadas.

Toxicología Clínica: Manifestaciones Orales de Intoxicaciones por Metales Pesados

A continuación, se detallan algunas manifestaciones clínicas de intoxicaciones por metales pesados, con énfasis en los síntomas orales:

Mercurio (Hg)

  • Aguda: Hipersialorrea (ptialismo), ribete gingival, movilidad dentaria.
  • Crónica: Eretismo (elemental), acrodinia (infantil), akinosia, síndrome de Letuelle.

Arsénico

  • Aguda: No especificado (síntomas sistémicos).
  • Crónica: Xerostomía, ribete gingival.

Bismuto

  • Pigmentación oscura de la lengua, ribete gingival, gingivitis.

Plata

  • Argiria (coloración gris azulada), ribete gingival, ptialismo (sialorrea).

Cobre

  • Aguda: Sabor metálico.
  • Crónica: Estomatitis, ribete de Clapton (anillo de Kayser-Fleischer en ojos), inflamación de glándulas salivales.

Fósforo

  • Aguda: Olor a ajo en el aliento ("humo de ajo").
  • Crónica: Osteomielitis (necrosis de mandíbula).

Flúor

  • Aguda: Sialorrea, arritmia, trismo, debilidad. (Compuestos mencionados: Fluoruro sódico, ácido hexafluorosilícico, fluorosilicato sódico).

Plomo

  • Sulfuro de plomo (mencionado como compuesto o manifestación, típicamente el ribete de Burton).

Entradas relacionadas: