Fundamentos Legales de la Prevención de Riesgos Laborales: Derechos, Deberes y Protección Especial
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 4,84 KB
Consecuencias Inespecíficas de la Falta de Prevención
La ausencia de medidas preventivas adecuadas puede generar consecuencias inespecíficas en el trabajador, tales como:
- Fatiga: Disminución de la capacidad física y mental de un trabajador.
- Insatisfacción Laboral: El malestar que sufre el trabajador como consecuencia de su trabajo.
- Estrés y Envejecimiento Prematuro.
Marco Jurídico de la Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) tiene como objetivo promover la seguridad y la salud de los trabajadores, y establece los principios generales relativos a la prevención de los riesgos profesionales.
Obligaciones y Derechos Fundamentales
La LPRL reconoce a los trabajadores el derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Esto impone al empresario la obligación de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores, asumiendo el coste de todas las medidas que se tomen.
Obligaciones Específicas del Empresario
El empresario debe adoptar medidas en cumplimiento de las siguientes obligaciones específicas:
- Plan de Prevención.
- Evaluación de Riesgos.
- Planificación de la Actividad Preventiva.
- Equipos de Trabajo.
- Equipos de Protección Individual (EPI).
- Información, Consulta y Participación.
- Formación.
- Medidas de Emergencia.
- Vigilancia de la Salud.
- Documentación.
- Coordinación.
- Protección de Colectivos Especialmente Sensibles.
Vigilancia de la Salud en la Empresa
Es una obligación del empresario garantizar la vigilancia periódica del estado de salud de sus trabajadores. La vigilancia de la salud es, por norma general, voluntaria para el trabajador. No obstante, los reconocimientos son obligatorios en los siguientes casos:
- Cuando sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores.
- Para verificar si el estado de salud de un trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa.
- Cuando así lo establezca una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.
El Deber de Información y Formación
El empresario debe proporcionar al trabajador información de las circunstancias en las cuales desarrolla su actividad laboral, de los riesgos y de la gravedad de los mismos.
Además, los trabajadores deberán recibir formación teórica y práctica centrada en su puesto de trabajo y adaptada a la evaluación de riesgos. Esta formación se impartirá en los siguientes momentos clave:
- Cuando el trabajador se incorpore a su puesto de trabajo.
- Cuando se produzcan cambios en sus funciones.
- Cuando se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
Protección de Trabajadores Especialmente Sensibles
La LPRL intenta asegurarse de prestar una atención muy especial a los colectivos que presentan una sensibilidad particular ante ciertos riesgos:
Protección de Trabajadores con Discapacidades
Trabajadores que por discapacidades físicas, mentales, etc., no serán empleados en puestos de trabajo en los que puedan ponerse en peligro a ellos mismos o a terceros.
Protección de la Maternidad y la Lactancia
La realización de determinados trabajos puede repercutir negativamente sobre el embarazo o la lactancia, requiriendo medidas preventivas específicas.
Protección de los Menores de 18 Años
Se hará una evaluación de riesgos de los puestos de trabajo que vayan a ocupar estos trabajadores. Se tendrán en cuenta los riesgos derivados de su falta de experiencia, de su inmadurez y de su desarrollo todavía incompleto.
Derechos y Obligaciones de los Trabajadores en PRL
Derechos
- Recibir información y formación sobre las cuestiones relativas a la prevención de riesgos laborales.
- Paralizar la actividad laboral en caso de riesgo grave e inminente, y poder abandonar el puesto de trabajo sin ser sancionado.
- Mantener vigilada su salud a través de reconocimientos médicos.
- Recibir del empresario los equipos de protección individual necesarios.
- Gratuidad de las medidas preventivas adoptadas.
Obligaciones
- Cumplir las medidas de prevención.
- Usar adecuadamente los medios para desarrollar su actividad.
- No poner fuera de funcionamiento los dispositivos de seguridad.
- Informar de cualquier situación de riesgo.
- Cooperar con el empresario en materia de prevención.