Fundamentos y Marco Legal de la Libertad de Expresión en Argentina
Etapas de reconocimiento de derechos
- A propietarios de los medios.
- A quienes trabajan en relación de dependencia en los medios.
- A todos los seres humanos (tanto de los medios como a quienes reciben la información, con la facultad de informarse y exigir veracidad y responsabilidad).
Fundamentos de la libertad de expresión
- Derecho individual: Ayuda a la satisfacción de los habitantes.
- Fortalecimiento democrático: Implica el fomento del pluralismo y la diversidad, a fin de que toda la sociedad pueda tener acceso a la información.
Regulación normativa de la libertad de expresión
La regulación legal de la libertad de expresión se encuentra en:
- Constituciones Nacionales.
- Tratados Internacionales.
- Constitución Nacional Argentina (desde 1853): plasmó el derecho de publicar las ideas por la prensa sin censura previa.
Tanto en Argentina como en otras constituciones nacionales y en los tratados internacionales en la materia, existe un amplio reconocimiento a la libertad de expresión y la consecuente prohibición de la censura previa.
Definición de censura
La censura previa implica una negación a la libertad de expresión y de prensa, incluyendo todo accionar u omisión que dificulte o imposibilite, directa o indirectamente, la publicación y circulación de la palabra.
El Artículo 14 de la Constitución Nacional
El artículo 14 de la CN establece que todos los habitantes de la Nación tienen el derecho de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa.
Artículo 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.
Este artículo establece la regulación de distintos derechos civiles que pertenecen al hombre por el solo hecho de ser persona humana. No se trata de una creación, sino de un reconocimiento del Estado, el cual reglamenta estos derechos para garantizar su efectivo ejercicio y la convivencia humana.