Fundamentos de la ONU: Principios Soberanos, Criterios de Admisión y Órganos Esenciales

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Principios Fundamentales de las Naciones Unidas

La Carta de las Naciones Unidas establece una serie de principios esenciales que rigen las relaciones entre los Estados miembros y la propia organización. Estos principios son la base del derecho internacional contemporáneo y buscan garantizar la paz y la seguridad globales:

  1. El principio de igualdad soberana de los Estados (art. 2.1).
  2. El principio de que los Estados cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos, de conformidad con la Carta (art. 2.2).
  3. El principio del arreglo pacífico de las controversias de tal manera que no se ponga en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia (art. 2.3).
  4. El principio de la prohibición de la amenaza o del uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de los Estados (art. 2.4).
  5. El principio de la asistencia a las Naciones Unidas (art. 2.5).
  6. El principio de la autoridad de las Naciones Unidas sobre los Estados no miembros, en la medida que sea necesario para mantener la paz y seguridad internacionales (art. 2.6).
  7. El principio de la excepción de la jurisdicción interna de los Estados (art. 2.7).

Condiciones para la Admisión de Nuevos Estados Miembros en la ONU

Para que un Estado sea admitido como miembro de las Naciones Unidas, debe cumplir con una serie de condiciones de fondo establecidas en la Carta. Estas condiciones aseguran que los nuevos miembros compartan los valores y objetivos de la organización:

  1. Ser un Estado.
  2. Ser un Estado “amante de la paz”, exigencia que hoy desborda la dimensión vinculada a la paz y seguridad internacionales, abarcando también otros aspectos.
  3. Aceptar las obligaciones consignadas en la Carta de la ONU.
  4. Estar capacitado para cumplir dichas obligaciones.
  5. Hallarse dispuesto a cumplirlas.

Órganos Principales de las Naciones Unidas

La Asamblea General (AG)

La Asamblea General es el órgano plenario de la ONU y está compuesta por todos los Estados miembros de la Organización, que se hacen representar por cinco delegados. Es el órgano más representativo de la ONU, ya que todos los Estados miembros gozan de los mismos derechos y deberes, al margen de las enormes diferencias de orden político, económico, militar o demográfico que existen entre ellos. Este carácter representativo encuentra su reflejo en la propia Carta de la ONU, que atribuye a cada Estado miembro un voto en la AG.

El Consejo de Seguridad (CS)

El Consejo de Seguridad es un órgano principal de la ONU de participación restringida y cuya misión principal es el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales (art. 24). Desde 1965 lo componen 15 miembros:

  • 5 miembros permanentes: China, Estados Unidos, Federación Rusa, Francia y Reino Unido.
  • Los 10 miembros no permanentes son elegidos por la Asamblea General por un período bianual y no son reelegibles para el período inmediatamente siguiente. Para esta elección, la AG debe atender a su contribución al “mantenimiento de la paz” y a “una distribución geográfica equitativa”. La distribución actual es la siguiente:
    • Cinco Estados afroasiáticos.
    • Uno de Europa Oriental.
    • Dos latinoamericanos.
    • Dos pertenecientes a Europa Occidental y otros Estados.

España ha sido elegida en cinco ocasiones para formar parte del Consejo de Seguridad de la ONU como miembro no permanente.

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