Fundamentos del Ordenamiento Jurídico Español y Derecho de la Unión Europea
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Fuentes del Derecho Nacional
Real Decreto-ley: Norma dictada por el Gobierno, de manera provisional (sin necesidad de delegación previa de las Cortes Generales), en caso de extraordinaria y urgente necesidad. Pasados 30 días, debe ser sometido a debate y votación en el Congreso de los Diputados.
Reglamentos: Normas elaboradas por el Gobierno. Suelen desarrollar leyes existentes, aunque también pueden adoptar la forma de Real Decreto.
Fuentes de Ámbito Internacional
A) El Derecho de la Unión Europea (anteriormente Derecho Comunitario)
Goza de **primacía sobre el Derecho nacional**, con la salvedad de la Constitución Española, respecto a la cual se articula mediante el artículo 93 CE. Se divide en:
1. Derecho Originario
Comprende los **Tratados fundacionales** de las Comunidades Europeas y sus posteriores modificaciones, como el Tratado de París (1951), el Tratado de Roma (1957), y el más reciente, el Tratado de Lisboa (2009), así como las **Actas de Adhesión** de los Estados miembros.
2. Derecho Derivado
Son las normas que rigen la vida de la Unión Europea. Se clasifican en:
- De carácter **vinculante**: **Reglamentos**, **Directivas** y **Decisiones**.
- De carácter **no vinculante**: **Recomendaciones** y **Dictámenes**.
Reglamentos (Derecho de la Unión Europea)
Son normas de alcance general, obligatorias en todos sus elementos y directamente aplicables en cada Estado miembro. Son adoptadas por el Consejo (a propuesta de la Comisión y, en muchos casos, con la aprobación del Parlamento Europeo). Gozan de **primacía sobre el Derecho nacional** de cada uno de los países miembros.
Directivas
Son normas que obligan a los Estados miembros en cuanto al resultado que debe conseguirse, dejando a las autoridades nacionales la elección de la forma y los medios. Son emitidas por el Consejo, la Comisión o el Consejo junto con el Parlamento Europeo. Están dirigidas a uno o varios Estados miembros y requieren una **transposición** al ordenamiento jurídico nacional, generalmente mediante una ley dictada por el Parlamento Nacional, para hacer posible el cumplimiento de lo previsto.
Decisiones
Son normas obligatorias en todos sus elementos para todos sus destinatarios. No suelen tener carácter general, sino que se dirigen a destinatarios precisos (Estados, empresas o particulares). Se pueden comparar con los **actos administrativos** en el ámbito interno.
Funciones de las principales instituciones de la Unión Europea:
- El **Consejo de la Unión Europea**: Ejerce, junto con el Parlamento Europeo, la **función legislativa** y presupuestaria.
- La **Comisión Europea**: Ejerce principalmente la **función ejecutiva** y de iniciativa legislativa.
- El **Parlamento Europeo**: Ejerce, junto con el Consejo, la **función legislativa** y presupuestaria, además de funciones de control político.
B) Los Tratados Internacionales
Son aquellos firmados por el Gobierno español y ratificados por las Cortes Generales. **Jerárquicamente**, se sitúan entre la Constitución y las leyes.
El Poder Judicial
Está formado por **jueces** (al frente de un juzgado) y **magistrados** (al frente de un tribunal). Jueces y magistrados han de ser **independientes** del poder político, garantizando la imparcialidad en la aplicación de la ley.
El Tribunal Supremo
Es el órgano jurisdiccional de **máximo rango** en España. Tiene **competencia en todo el Estado** y su sede se encuentra en Madrid.
Está formado por las siguientes **Salas de Justicia**:
- **Sala Primera**, de lo Civil
- **Sala Segunda**, de lo Penal
- **Sala Tercera**, de lo Contencioso-Administrativo
- **Sala Cuarta**, de lo Social
- **Sala Quinta**, de lo Militar