Fundamentos de la Patentabilidad: Invenciones, Requisitos y Exclusiones Legales

Clasificado en Francés

Escrito el en español con un tamaño de 2,93 KB

Fundamentos de la Patentabilidad

1. La Invención

La invención es una regla pensada para permitir la obtención de un resultado determinado de carácter técnico, tanto para el procedimiento como para el objeto resultante. No se prevé cuáles son las invenciones patentables, solo se mencionan las exclusiones principales:

  • Los meros descubrimientos de elementos ya existentes.
  • Obras literarias, artísticas o cualquier otra creación estética.

2. Requisitos de Patentabilidad

Para que una invención sea patentable, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Novedad: La Ley de Patentes (LP) exige que la novedad sea absoluta y mundial, por lo que la invención no puede estar comprendida en el estado de la técnica, es decir, que no puede haberse hecho accesible al público antes de la fecha de prioridad. Sin embargo, la LP se alinea con el Convenio sobre la Patente Europea (CPE) al introducir de forma expresa la posibilidad de patentar sustancias o composiciones ya conocidas para su uso como medicamento o para nuevas aplicaciones terapéuticas, aplicados al cuerpo humano o animal y siempre que su utilización para cualquiera de esos métodos (quirúrgicos, de diagnóstico o terapéuticos) no esté comprendida en el estado de la técnica.
  2. Actividad Inventiva: Solo existe cuando la invención no resulta del estado de la técnica de manera evidente para un experto en la materia.
  3. Susceptibilidad de Aplicación Industrial: Lo cual implica que la invención ha de ser ejecutable y apta.

3. Excepciones a la Patentabilidad

No será patentable aquella invención que:

  • Sea contraria al orden público o a las buenas costumbres. En particular, se señala un cúmulo de prohibiciones que afectan en especial a las invenciones biotecnológicas, como es el caso de la clonación.
  • El objeto de la invención sea el cuerpo humano o el descubrimiento de alguno de sus elementos.
  • Los métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico del cuerpo humano o animal, y los métodos de diagnóstico. El motivo es, básicamente, la protección de los intereses de la salud pública.
  • El objeto de la invención sean variedades vegetales o razas de animales determinadas, incluso si la invención no se limita a una variedad o raza determinada. Sin embargo, este tipo de invenciones puede acogerse a la Ley de Protección de las Obtenciones Vegetales.
  • El objeto de la invención sean procedimientos esencialmente biológicos de vegetales o animales.
  • La mera secuencia de ADN sin indicación de función biológica.

Entradas relacionadas: