Fundamentos y Regulación del Derecho Laboral: Contratos, Jornada y Estructura Institucional
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 5,56 KB
Fundamentos del Derecho del Trabajo
El **Derecho Civil** trata a las dos partes por igual. En contraste, el **Derecho Laboral** solventa la falta de igualdad entre el empresario y el trabajador. Este derecho fue creado tras la **Revolución Industrial** debido a las malas condiciones laborales.
Marco Normativo e Institucional
Jerarquía de Normas Laborales
La aplicación de las normas laborales sigue un principio de jerarquía, donde la norma superior prevalece, salvo que la inferior sea más beneficiosa para el trabajador:
- Normativa Comunitaria (Unión Europea)
- Constitución Española
- Normativa OIT (Organización Internacional del Trabajo)
- Leyes Orgánicas y Ordinarias
- Normas fijadas por el Poder Ejecutivo (Reales Decretos)
- Reglamentos y **Convenios Colectivos**
- Contratos de Trabajo
- Costumbre Laboral
- Principios Generales del Derecho
Jurisdicción Social
Los conflictos laborales se resuelven a través de la siguiente estructura judicial:
- Juzgado de lo Social
- Tribunal Superior de Justicia (TSJ)
- Audiencia Nacional
- Tribunal Supremo (TS)
Órganos Administrativos Laborales
Las principales instituciones administrativas con competencias laborales son:
- INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social): Gestión de prestaciones de la Seguridad Social.
- SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal, anteriormente INEM): Gestión de prestaciones por desempleo.
- IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales): Servicios para personas mayores y dependencia.
- INSST (Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo): Análisis y mejora de las condiciones de trabajo.
- FOGASA (Fondo de Garantía Salarial): Abono de indemnizaciones y salarios pendientes en casos de insolvencia empresarial.
El Contrato de Trabajo
Obligaciones y Derechos
Obligaciones Generales del Contrato
- No discriminación.
- Dignidad e intimidad.
- Aceptación de las condiciones.
- Formación.
- Remuneración puntual.
- Información.
- Protección de la salud y **riesgos laborales**.
Obligaciones del Empresario
- Garantizar la **ocupación efectiva**.
- Proporcionar formación y promoción profesional.
- Garantizar la protección.
Obligaciones del Trabajador
- Cumplir las obligaciones derivadas del puesto.
- Mantener un **rendimiento normal** y pactado.
- Observar las medidas de seguridad e higiene.
- Cumplir las órdenes del empresario.
- Ayudar a mejorar la productividad.
Derechos del Trabajador
- Derecho a la **huelga**.
- Derecho de reunión y libre sindicación.
- Derecho a la ocupación efectiva.
- Derecho al respeto de su intimidad y dignidad.
Formalización y Duración
Los contratos pueden ser **escritos o verbales**.
Duración del Contrato
- Duración Indefinida: Deseable por el trabajador, proporciona **seguridad y estabilidad**.
- Duración Determinada: Incluye contratos de obra o servicio, por circunstancias de la producción o por sustitución de trabajadores.
Periodo de Prueba
La duración máxima del periodo de prueba varía según la categoría profesional y el tamaño de la empresa:
- Técnicos titulados: 6 meses.
- Los demás trabajadores: 2 meses.
- Empresas de menos de 25 trabajadores: 3 meses (para trabajadores no titulados).
Jornada Laboral y Descansos
Regulación de la Jornada
- Las horas anuales las marca el **convenio colectivo**.
- Las horas semanales no pueden exceder de **40 horas** de promedio en cómputo anual.
- No se puede trabajar más de 9 horas diarias, salvo que por convenio o acuerdo se establezca una distribución irregular de la jornada.
Descansos Obligatorios
- Descanso mínimo de **12 horas** entre jornadas.
- Descanso semanal: **Día y medio** ininterrumpido.
- Descanso en jornada continua: 15 minutos por cada 6 horas trabajadas (considerado tiempo de trabajo efectivo si así lo establece el convenio).
Jornada Nocturna y Trabajo a Turnos
Jornada Nocturna
Se considera jornada nocturna la realizada entre las **22:00 y las 6:00**.
- El trabajador nocturno no puede realizar más de **8 horas de promedio** en un periodo de 15 días.
- La compensación puede ser por descanso o salarial.
Trabajo a Turnos
Implica la ocupación de puestos de trabajo en horas diferentes.
- Ningún trabajador puede estar en el turno de noche más de **dos semanas consecutivas**, salvo adscripción voluntaria.
- Existe preferencia de elección de turno si el trabajador cursa estudios.
Horas Extraordinarias
Son aquellas horas de trabajo que se realizan sobre la duración máxima de la jornada ordinaria.
- Límite: **80 horas extras pagadas** al año (el resto debe ser compensado con descanso).
- Los menores de edad tienen prohibido realizarlas.
- Pueden ser estructurales (necesarias por la actividad), no estructurales o por **fuerza mayor**.
- La compensación puede ser con tiempo de descanso o mediante retribución económica, sin que el valor de la hora extra pueda ser inferior al de la hora ordinaria.