Fundamentos de la Relación Laboral y Contratación: Derechos, Obligaciones y Modalidades
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La Relación Laboral: Conceptos Fundamentales
Para establecer una relación laboral, se deben cumplir ciertos requisitos:
- Edad: Ser mayor de 18 años. Si se tienen 16 años y no se está emancipado, se requiere la firma de los tutores o padres.
- Capacidad legal: No estar incapacitado legalmente.
- Nacionalidad: En el caso de extranjeros no comunitarios, poseer permiso de residencia y trabajo.
Características Esenciales de la Relación Laboral
La relación laboral se define por los siguientes atributos:
- Personal: El trabajo debe ser realizado por la persona contratada, no puede ser sustituida por otra.
- Voluntario: La prestación de servicios es libre y no forzada.
- No vitalicio: La relación tiene una duración determinada o indeterminada, pero no es de por vida.
- Dependiente: El trabajador se integra en el ámbito de organización y dirección del empresario.
- Por cuenta ajena: El fruto del trabajo se entrega al empresario, quien asume los riesgos y beneficios de la actividad.
- Retribuido: El trabajador recibe una contraprestación económica (salario) por su trabajo.
Derechos y Obligaciones Clave de los Trabajadores
Derechos Fundamentales
Los trabajadores gozan de importantes derechos, entre ellos:
- Derecho a la huelga.
- Libre sindicación.
- Derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio.
- Derecho a la negociación colectiva.
Obligaciones Esenciales
Asimismo, los trabajadores tienen obligaciones, como:
- Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
- Contribuir a la mejora de la productividad.
Gestión de Conflictos Laborales
Los conflictos laborales surgen de discrepancias entre trabajadores y empresarios, generalmente relacionadas con la interpretación o aplicación de las normas laborales.
Causas Comunes de Conflictos
Entre los motivos más frecuentes se encuentran:
- Por parte de los trabajadores:
- Las huelgas.
- Reuniones y manifestaciones (siempre que se realicen fuera del horario laboral o respetando la normativa vigente).
- Por parte del empresario:
- El cierre patronal (como medida de presión o ante situaciones de riesgo).
El Periodo de Prueba en el Contrato de Trabajo
El periodo de prueba es un lapso de tiempo que puede pactarse al inicio de una relación laboral. Su finalidad es que el empresario verifique las aptitudes del trabajador para el puesto y que el trabajador, a su vez, decida si desea continuar en la empresa.
Aspectos Clave del Periodo de Prueba
- Formalización: Debe constar expresamente en el contrato de trabajo o por escrito.
- Duración: Se establece según lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo aplicable.
- Para Titulados Técnicos: Generalmente, hasta 6 meses.
- Para el resto de trabajadores: Habitualmente, 2 o 3 meses, dependiendo del convenio.
- Interrupción: Puede interrumpirse por situaciones como baja médica, baja por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, entre otras.
- Extinción: Durante este periodo, cualquiera de las partes puede dar por terminada la relación laboral sin necesidad de preaviso ni derecho a indemnización para la otra parte.
- No prorrogable: Una vez concluido el periodo de prueba, no puede prorrogarse.
Contratos a través de Empresas de Trabajo Temporal (ETT)
Las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) son entidades cuya función principal es contratar trabajadores para cederlos temporalmente a otras empresas usuarias.
Funcionamiento del Contrato con ETT
- Relación triangular: Se establece una relación entre el trabajador, la ETT (que es su empleador legal) y la empresa usuaria (donde el trabajador presta sus servicios).
- Contrato de puesta a disposición: Entre la ETT y la empresa usuaria se firma un contrato de puesta a disposición, que regula las condiciones de la cesión del trabajador.
- Responsabilidades:
- La ETT es quien paga el salario al trabajador y tiene la potestad sancionadora.
- La empresa usuaria es quien dirige y organiza el trabajo diario del empleado cedido.
Diferencias entre Contrato en Prácticas y Contrato para la Formación y el Aprendizaje
Es fundamental distinguir entre dos modalidades contractuales orientadas a la inserción laboral y el desarrollo profesional:
Contrato en Prácticas
Este contrato está diseñado para personas que ya poseen una titulación (universitaria o de formación profesional de grado medio o superior) y buscan aplicar y perfeccionar sus conocimientos en un entorno laboral real.
- Requisito: Poseer un título oficial.
- Objetivo: Adquirir práctica profesional adecuada al nivel de estudios.
- Jornada: Puede ser a tiempo completo o a tiempo parcial.
- Duración: Mínimo 6 meses, máximo 2 años (con posibles variaciones según normativa).
- Indemnización: No hay indemnización específica a la finalización, salvo las generales por fin de contrato temporal si aplica.
Contrato para la Formación y el Aprendizaje
Dirigido a jóvenes que necesitan adquirir una cualificación profesional, combinando la actividad laboral con la formación teórica.
- Edad: Trabajadores de 16 a 25 años (inclusive). Este límite puede extenderse hasta los 30 años mientras la tasa de desempleo se sitúe por encima del 15%.
- Objetivo: Obtener una cualificación profesional reconocida, estudiando y trabajando simultáneamente.
- Jornada: Siempre a tiempo parcial, con un porcentaje dedicado a la formación teórica (generalmente 25% de la jornada).
- Duración: Mínimo 1 año, máximo 3 años (con una duración mínima de 6 meses si lo permite el convenio colectivo).
- Indemnización: No hay indemnización a la finalización del contrato.
El Contrato por Obra o Servicio Determinado
El contrato por obra o servicio determinado se utiliza para la realización de una obra o la prestación de un servicio con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad normal de la empresa, cuya ejecución es, en principio, de duración incierta.
Características Principales
- Causa: La existencia de una obra o servicio específico y diferenciado.
- Autonomía y sustantividad: La obra o servicio debe tener entidad propia dentro de la actividad empresarial.
- Duración: La duración máxima legal es de 3 años (ampliable a 12 meses más por convenio colectivo). Una vez finalizada la obra o servicio, el contrato se extingue.
- Jornada: Puede ser a tiempo completo o a tiempo parcial.
- Indemnización: A la finalización del contrato, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 12 días de salario por año de servicio (o la que corresponda según la normativa vigente en el momento de la extinción).