Fundamentos de la Retribución y Garantías Laborales en España

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1. El Calendario Laboral y las Fiestas

Las empresas elaboran un calendario de los días inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables, fijado por las Comunidades Autónomas (CCAA) y los Ayuntamientos.

2. El Salario

El salario es la retribución que recibe el trabajador después de aportar sus servicios, ya sea en dinero o en especie. El salario en especie no puede superar el 30% de las percepciones salariales del trabajador.

2.1. Salario según el Medio de Pago

  • Retribución dineraria: En metálico, cheque o transferencia.
  • Retribución en especie: Entrega de determinados bienes al trabajador, por ejemplo, vivienda, coche, etc.

2.2. Salario según el Método de Cálculo

  • Salario por unidad de tiempo: Se retribuye solo el tiempo trabajado.
  • Salario por unidad de obra: Se retribuye el trabajo efectivamente realizado, por pieza o metro cuadrado (m²).
  • Salario mixto: Cantidad fija más cantidad variable según el trabajo realizado, por ejemplo, salario más comisiones.

2.3. El Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se establece para una jornada de 40 horas semanales y puede ser mejorado por convenio colectivo o contrato de trabajo. Es inembargable; solo se podrán embargar las cantidades que superen el importe del SMI.

3. IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)

El IPREM es un indicador o referencia de nivel de rentas utilizado para acceder a determinadas prestaciones, beneficios, servicios públicos o para calcular la cuantía de algunas prestaciones, ayudas y subvenciones públicas. Se publica anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, siendo la referencia el último valor publicado para determinar si nuestros ingresos superan el IPREM.

4. Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, cuya finalidad es garantizar el pago de salarios a los trabajadores y las indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral.

4.1. Límites de Cobertura de FOGASA

El FOGASA establece límites máximos para las cantidades que garantiza:

Salarios

  • Cuantía límite legal: El doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) con prorrata de pagas extraordinarias.
  • Días límite: 120 días.

Indemnizaciones

Las indemnizaciones por despido o extinción del contrato reconocidas en sentencia judicial o resolución administrativa tienen un límite de una anualidad. A continuación, se detallan los límites específicos que FOGASA aplica según el tipo de extinción, siempre dentro de la cuantía máxima de una anualidad y el tope diario del doble del SMI con prorrata de pagas:

  • Despido disciplinario: Treinta días de salario por año de servicio, con el límite del doble del SMI con prorrata de pagas, y una anualidad como máximo.
  • Artículo 50 (Extinción por voluntad del trabajador): Treinta días de salario por año de servicio, con el límite del doble del SMI con prorrata de pagas, y una anualidad como máximo.
  • Artículo 51 (Despido colectivo): Veinte días de salario por año de servicio, con el límite del doble del SMI con prorrata de pagas, y una anualidad como máximo.
  • Artículo 52 (Despido objetivo): Veinte días de salario por año de servicio, con el límite del doble del SMI con prorrata de pagas, y una anualidad como máximo.
  • Extinción por finalización del tiempo convenido (contrato temporal): Doble del SMI con prorrata de pagas, con una anualidad como máximo.

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